Hola de nuevo compis, jo, hoy estoy hasta en la sopa…
creo que cuando esta noche pille la cama me voy a quedar frito…
el tema de 16 sobre los funcionarios, derechos y deberes, lo llevo fatal…
pero hoy me he encontrado una pregunta que me ha dejado pensando…
en el test 2 del tema 16, en la pregunta número 47
[quote]
En los casos de nacimiento de hijos prematuros, ¿cuánto pueden reducir su jornada los funcionarios?
a) 1 hora
b) Dos fracciones de 1/2 hora
c) 1 hora al principio o al final de la jornada
d) 2 horas
[/quote]
dice que la buena es la C, pero ¿no sería más bien la D?, la pregunta hace referencia a la REDUCCIÓN, no a CUANDO se pueden acoger al horario…
aunque me parece recordar, que esas dos horas, podía cogerse una hora al principio y otra hora al final, (claro, con la consiguiente reducción del dinerito a cobrar), je, je,
cuando sea funcionario, ¡¡¡a traer niños al mundo!!!!, me voy a hinchar de coger permisos, je je…
bueno, a ver que opinais…
gracias por la paciencia…
nos vemos pronto, prontito