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Recurso de revisión

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Viendo 8 entradas - de la 1 a la 8 (de un total de 8)
  • Autor
    Entradas
  • #339437
    Academia Opositas
    Participante

    Otra duda,

    El recurso de revisión existe? o ahora se llama “Recurso extraordinario de revisión”?

    #339438
    grancapitan
    Participante

    El recurso sigue siendo “recurso extraordinario de revisión”, aunque a veces se abrevia en “recurso de revisión”. Donde sí se llama “recurso de revisión” a secas es en la ley de lo contencioso.

    Saludos.

    #339439
    semanas
    Participante

    Hola GranCapitan. No se, pero si me ponen recurso de revisión a secas, en la vía Administrativa yo lo daría por invalido.
    ¿No es correcto?
    😥

    #339440
    grancapitan
    Participante

    Hola. En los exámenes los tribunales suelen llamar al extraordinario de revisión, recurso de revisión sin más. Yo ya lo he visto más de una vez. Incluso, al potestativo de reposición lo llaman: “recurso de reposición”. Ellos exigen literalidad, pero ellos se la pasan por… Así que, si ves en un examen, simplemente “revisión” o “recurso de revisión” referido a la vía
    administrativa, yo lo daría como válido. Un ejemplo de un examen que hice de Administrativos hace un par de meses:

    Cuál de estos recursos pertenece a la vía contencioso-administrativa:
    a) Alzada
    b) Reposición
    c) Extraordinario de revisión
    d) Amparo

    Se impugnó, porque la ley dice: “recurso de revisión”, pero no la anularon, así que no se le puede dar más vueltas. Asimismo, fíjate en que no pone “potestastivo de reposición”, sino, simplemente, “reposición”.

    Saludos.

    #339441
    semanas
    Participante

    Grancias. Lo tendré en cuenta. Total, estos examenes son tan irregulares.
    Pueden ponernos cualquier cosa que se les ocurra para hacernos picar.
    😆 😆

    #339442
    epa2
    Participante

    hola a los dos..

    al hilo de este mensaje recuerdo otra pregunta en un examen que me cayó … el recurso de alzada lo llamaban recurso ordinario..

    fijaos,, que cosas 🙂

    nos examinamos pronto,prontito

    #339443
    ranma1
    Participante

    Grancapitan la respuesta correcta a esa pegunta cual sería entonces?

    #339444
    grancapitan
    Participante

    La respuesta a la que yo pongo es, según ellos, recurso extraordinario de revisión, aunque repito que la ley de lo contencioso lo llama “recurso de revisión”.

    Saludos.

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