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21 enero, 2005 a las 12:20 pm #335947
Academia Opositas
ParticipantePor lo que estoy leyendo, el estado de excepción es prorrogable 30 días máximo. Pero a quién le compete tal función?. Yo pienso que el responsable será el Gobierno previa autorización del Congreso de Diputados. ¿qué opinais?
Besos mil.
21 enero, 2005 a las 12:38 pm #335948epa2
ParticipanteHola de nuevo Bego 🙂
pues mira, según yo recuerdo, el estado de excepción es declarado por el congreso a petición o solicitud del gobierno,
en cuanto a lo de la posiblem ampliación de la prorroga, pues por lógica debiera de ser propuesta por el gobierno y autorizada por el congreso, pero vamos, no estoy seguro de esto vegoper…..
esperemos otra opinión más experta.
21 enero, 2005 a las 12:41 pm #335949Academia Opositas
ParticipanteArtículo 116.3 CE:[i] El estado de excepción será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros, previa autorización del Congreso de los Diputados. La autorización y proclamación del estado de excepción deberá determinar expresamente los efectos del mismo, el ámbito territorial a que se extiende y su duración, que no podrá exceder de treinta días,[b] prorrogables por otro plazo igual con los mismos requisitos[/b].[/i]
Un saludo.
21 enero, 2005 a las 2:52 pm #335950epa2
Participante[quote=”David Darío”:369dyl8c]Artículo 116.3 CE:[i][b] prorrogables por otro plazo igual con los mismos requisitos[/b].[/i]
Un saludo.[/quote]
Gracias David por la aclaración.
en ese caso, si son con los mismos requisitos, se entiende que será el congreso el que deba conceder la prorroga esa, je je
nos vemos por la feria del tocinoooooooooooooo
21 enero, 2005 a las 5:00 pm #335951Academia Opositas
ParticipanteVale, entonces nos quedamos con eses datos: el estado de excepción lo declara el Gobierno, previa autorización del Congreso de Diputados por un plazo de 30 días (prorrogables por otros 30 por el Gobierno, previa autorización del Congreso de Diputados).
Bicos y muchas gracias por vuestra ayuda 😉
21 enero, 2005 a las 6:39 pm #335952Academia Opositas
ParticipanteINSISTO:
esos 30 días que decimos són el máximo tiempo que puede estar declarado el estado de excepción ¡¡¡¡¡MÁXIMO, MÁXIMO¡¡¡¡¡
EL GOBIERNO NO LO DECLARA PARA 30 días.¡¡¡¡¡¡ojo¡¡¡¡¡
Pueden ser dos días, o tres, o cuatro ……
” NO MÁS DE 30″Lo digo por si os sale pregunta trampa.
EXPERIENCIA….. yo ya he caido en algún test…
Y parece lo mismo, pero no no no …
Hasta otro ratito.. 😈21 enero, 2005 a las 6:54 pm #335953epa2
Participanteuffffffffffffffffff
que lio lioso
es que leyendo, releyendo la pregunta, textualmente, el artículo habla de unas clausulas o condiciones (en las que se incluyen los 30 días) y luego, finalmente, habla de una prorroga en las misma condiciones….
yo entiendo que es posible prorrogarlo por otros 30 dias…
uffff, que lio lioso,,, ayudaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaa 😯 😯 😯 😯 😯 😯 😯
nos vemos pronto, prontito
21 enero, 2005 a las 10:04 pm #335954Academia Opositas
ParticipanteMira, a nosotros nos pusieron un ejemplo:
No sé de que provincia eres, pero en Barcelona cuando EL QUE TODOS SABEMOS nos metió en lo de IRAK, aquí to quisqui salió con las cazuelas en mano por las calles, en los balcones, etc, etc. Pues imagina que la cosa hubiera ido a más, que toda la peña se pone a cortar calles, carreteras de entrada a la ciudad, bloquear a los autobuseros a cacerolada limpia, que los de los servicios de limpieza salieran con la cazuela en vez de currar, a la vez que los mismos funcionarios se hubieran puesto a cortar la entrada a las instituciones con la cazuela, ETC, ETC, todos los servicios mínimos de hospitalización y asistencia sanitaria no se hubieran cumplido (o sea los médicos tambien con la cazuela), etc……..Al finaL TODA LA PEÑA insurrecta Y DESMANDADA.
Entonces, ¿ que pasa?
Pues que se declara en Barcelona un estado de excepción por un perído de una semana por ejemplo.Período de tiempo que creen que pueden solucionar el conflicto.
Podrían haber decretado HASTA 30 días, pero deciden que con una semana hay suficiente.
Pasado unos días, ven que ese tiempo no es sufieciente.PUES NA, NO PROBLEM.
Una Prorroga por 15 días más. Hay que tener en cuenta que dicha prórroga, tambien podía haber sido decretada por un máximo de 30 días.
No me preguntes, que pasaría ¿ Y si no se resuelve?
Creo que optarían por la vía rápida. Todos al talego, a saco.
Hasta lueguin…..A que ahora NO ESTÁ LIAO?
22 enero, 2005 a las 12:51 pm #335955epa2
Participanteja ja ja. 😀 D D
ahora no estoy liado AlbayDany, muchas gracias por tu explicación. 😀
fijate, cuantas veces habría leido esa artículo y nunca había caido en ese detalle, offf, ese me hace ver que no me puedo descuidar con nada, ni con lo que creía que sabía..
gracias por tu ayuda… 😉
nos vemos pronto, prontito ➡
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