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Propuesta de disolución de las C.G.

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
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    Entradas
  • #339370
    enu33
    Participante

    ¡Hola a todos!
    A ver si alguien puede ayudarme.
    En el último Test de Constitución en la pregunta 24 se dice:
    La propuesta de disolución de las Cortes Generales por el Presidente del Gobierno no podrá presentarse cuando este en trámite:
    a) Una Moción de Censura
    b) El Estado de Alarma
    c) El estado de excepción o de sitio
    d) Todas son correctas

    da como correcta la d), pero en el art. 116.5 de la Const. se dice: ” No podrá procederse a la disolución del [color=red]Congreso[/color] mientras estén declarados algunos de los estados comprendidos en el presente artículo…”
    No dice nada de las Corte Generales y más concretamente del Senado.

    Muchas gracias por todo y hasta pronto.

    #339371
    Academia Opositas
    Participante

    hola, las cortes generales están compuestas del congreso y del senado, por lo tanto, si no puede disolverse el congreso, pues entonces tampoco las cortes generales.

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  • El foro ‘Administración General del Estado – Auxiliares Administrativos’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

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