Hola:
😕 No entiendo que entre los principios que rigen la potestad disciplinaria del personal al servicio de la Admón Pca, se encuentren el de culpabilidad y el de presunción de inocencia. Parece una contradicción, pero si el art. 94 de Estatuto ha quedado redactado de esta manera será porque no se contradicen o quizá se complementen. No lo sé. ¿Alguien me puede explicar qué significado tiene cada uno, o qué sentido tiene esto?
GRACIAS