-
AutorEntradas
-
30 mayo, 2005 a las 9:07 am #339184
Academia Opositas
ParticipanteCrei tener claro que el personal eventual cesaba cuando lo hacía la autoridad que lo nombró, pero es test del tema 15 unidad 9, dice no ser así… me lo puede alguien aclarar..
con respecto al de libre designación, éste puede cesar de forma discrepcional ( que significa esto)???
gracias campeones30 mayo, 2005 a las 10:38 am #339185Academia Opositas
ParticipanteHola anaissa 😀
Si te fijas bien…”el personal eventual cesará automáticamente cuando cese la autoridad a la que [b]preste su función de confianza o asesoramiento[/b]”, q no necesariamente será la q le nombró 😉
Respecto a tu segunda pregunta, yo entiendo por discrecional q pueden ser removidos “libremente”
Creo q la potestad discrecional de la Adiministración consiste en que puede hacer lo quiera en todas las materias q no estén reguladas.
Por ejemplo, en el caso de la remoción del puesto de trabajo de los funcionarios q vengan del [u]procedimiento de concurso[/u], la ley ESPECIFICA en qué casos concretos podrán ser removidos: alteración del contenido del puesto de trabajo, falta de capacidad…etc
En cambio, para los q vengan del sistema de [u]libre designación[/u], la ley NO ESPECIFICA nada y es aquí, en las materias no regladas donde la Administración hará lo q le venga en gana más o menos jejeUn saludín 😛
30 mayo, 2005 a las 1:12 pm #339186Academia Opositas
ParticipanteGracias encanto, ya lo veo más claro
6 junio, 2005 a las 8:01 am #339187Academia Opositas
ParticipanteEn la pregunta 46 del chat del domingo da como válida, por finalizar las condiciones para las que fue creado, en lugar de discrecional. ¿Esto es así? porque yo lo he buscado y no he encontrado nada al respecto.
6 junio, 2005 a las 8:16 am #339188Academia Opositas
ParticipanteHola tuki 😀
Esta pregunta ya la impugnamos el domingo jeje! 👿
Es correcta la A
Hasta otraa
6 junio, 2005 a las 8:58 am #339189Academia Opositas
ParticipanteMuchas gracias Lorelei eske no me quedé después.
Un saludo,
6 junio, 2005 a las 4:15 pm #339190epa2
Participanteya decía yo…
pues entonces tengo otra bien,,, yo puse la A…
es que siempre me lio con el tema de personal eventual y personal de libre designación…
desde hace algunos días he intentado quedarme con la idea de que cuando lea EVENTUAL (pienso en interinos) y cuando lea LIBRE DESIGNACION (piense en el compadre del director general)
en fin,, que remedio me queda ya a estas alturas…
nos examinamos pronto, prontito 😳
7 junio, 2005 a las 8:14 am #339191ranma1
Participanteal reveeeeeeeeeeeeeeees epa2:
Eventual—– personal de confianza (Este es el compadre)
Designación directa ———-los otros8 junio, 2005 a las 6:59 pm #339192epa2
Participantevale, vale, tomo nota…
el compadre es el eventual…
ya verás como con este juego de palabras no se me olvida 😉gracias por la aclaración..
nos examinamos pronto, prontito
-
AutorEntradas
- El foro ‘Administración General del Estado – Auxiliares Administrativos’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.