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En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #352127
    Superyeye
    Participante

    Buenas a todos!
    ¿Alguien me podría decir cual es la duración del permiso por matrimonio?
    Tenía entendido que es de 15 días..Pero dudo..
    (A seguir dándole caña que queda poquito..Muchos ánimos para todos!)
    Saluditos!

    #352128
    david73
    Participante

    Hola Superyeye.
    El 5 de junio del 2007, la Secretaría General para la Administración Pública, publicó unas instrucciones para la aplicación del nuevo Estatuto Básico del Empleado Público.
    En su página 10 dice lo siguiente, respecto a la licencia por razón de matrimonio:
    “Sigue siendo de aplicación la licencia de quince días naturales en caso de matrimonio, regulada en el artículo 71.1 de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado de 1964”.
    Un saludo Superyeye.

    #352129
    Academia Opositas
    Participante

    Hola a los dos:
    David73, gracias por tu participación. Sólo quería llamar la atención en el detalle de que no es un “permiso” sino una “licencia” que en alguna de las preguntas de test que os ofrecemos es necesario distinguirlo.
    Un saludo

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • El foro ‘Administración General del Estado – Auxiliares Administrativos’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

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