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15 abril, 2005 a las 10:53 am #337289
Academia Opositas
ParticipanteHola a tod@s
Pregunta nº25 test 13 abril:
[quote]Por la realización de funciones sindicales un funcionario tiene derecho a un permiso:
a)de 15 a 40 horas semanales[/quote]¿Cuál es la referencia legislativa? ¿En qué ley, RD…viene regualdo? estoy mirando pero no lo encuentro 😳 😳 , en el ART 30 Ley 30/84 se habla del permiso para realizar funciones sindicales pero no especifica el número de horas…
Gracias y un saludín 😛
15 abril, 2005 a las 11:01 am #337290epa2
Participantehola loreley,,,
esa pregunta me parecía que caía en lo del convenio único para age…
mira a ver dicho convenio, por la parte final….
nos vemos pronto, prontito.
15 abril, 2005 a las 11:26 am #337291Academia Opositas
ParticipanteGracias epa2 😀
Ya lo encontré, es el ART 87 del CIVEA…pero es sólo para los representantes del personal [b]laboral[/b] 🙄 🙄 , entonces el funcionario tendría q ser miembro del Comité de empresa o Delegados de personal, no?Hasta otra
15 abril, 2005 a las 11:57 am #337292epa2
Participantepues si loreley,,, según está formulada la pregunta,,,, se entiende que a los funcionarios tambien les corresponde (al igual que los laborales)
es posible que esta pregunta sea del tema ese maldito de los derechos y deberes de los funcionarios…
esperemos la opinión de los super-tacañón al respecto… 😉
nos vemos pronto, prontito
15 abril, 2005 a las 12:10 pm #337293Academia Opositas
ParticipanteHola a los dos compañeros.
Me gustaria comentaros algo en relación a las funciones sindicales:
1) Según la pregunta son de 15 a 40 horas semanales y no son semanales son [b][u]mensuales[/u].[/b]
2) Este precepto viene recogido en Ley 9/1987, de 12 de junio, de Órganos de Representación, Determinación de las Condiciones de Trabajo y Participación del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
3) Este permiso es para miembros de la Junta de Personal y Delegados de Personal.
Aqui os dejo el computo de horas de dicho permiso:
Un crédito de horas mensuales dentro de la jornada de trabajo y retribuidas como de trabajo efectivo, de acuerdo con la siguiente escala:
hasta 100 funcionarios 15
de 101 a 250 funcionarios 20
de 251 a 500 funcionarios 30
de 501 a 750 funcionarios 35
de 751 en adelante 40Espero haberos ayudado en algo.
Nos vemos.15 abril, 2005 a las 12:15 pm #337294epa2
ParticipanteDesde luego que has ayudado mucho jauría… 😉
muchas gracias por tu aclaración y colaboración, (me ha salido un pareado, je je)
nos vemos pronto, prontito
15 abril, 2005 a las 2:44 pm #337295Academia Opositas
ParticipanteGracias Jauria! 💡
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