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En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 5 entradas - de la 1 a la 5 (de un total de 5)
  • Autor
    Entradas
  • #334329
    Titobruni10
    Participante

    Pregunta tipo test:

    El ambito de aplicación de la ley 30/84 es:

    a) Personal al servicio de la CCAA
    b) Personal al servicio de las Corporaciones locales
    c) a y b son ciertas
    d) Ninguna es correcta

    Viene marcada como correcta la c)

    Yo tenia entendido (para variar) q esa ley era de aplicación al personal civil de la AGE, ciil de la SS y civil de la Adm. militar. Y las demas administraciones la aplicaban supletoriamente. Es esto cierto?
    Yo hubiese marcada la d)

    Q pensais?

    #334330
    Academia Opositas
    Participante

    Esta ley tiene carácter básico, de acuerdo con el art. 149 1.18 CE. Eso quiere decir que esta ley establecerá las normas básicas que deben respetar las CCAA.

    #334331
    Titobruni10
    Participante

    Hola de nuevo,

    vamos a ver, es q soy los q se ahoga en un vaso de agua, ya se que hay una ley básica por la cual las CCAA pueden hacer su propia ley de Función Pública, pero no te habla nada de la Adm. Local.

    Entonces es de aplicación a la Administración local? y q tengo q poner si me la preguntan en un examen?

    Es de aplicación en los articulos no basicas? en los básicos? para la local? para la Autonomica? q lio me hago

    Haber si me podeis echar un cable

    1saludo

    #334332
    isareva
    Participante

    Titobruni de carácter básico significa que se aplica a todas las Administraciones: Si miras en la 30/84 dentro del ámbito de aplicación:
    en el art.1 apartado 3 dice lo siguiente:

    “3. Se consideran bases del régimen estatutario de los funcionarios públicos, dictadas al amparo del artículo 149.1.18; de la Constitución, y en consecuencia [b]aplicables al personal de todas las Administraciones Públicas, los siguientes precepto[/b]s: Artículos: 3.2, e) y f); 6; 7; 8; 11; 12; 13.2, 3 y 4; 14.4 y 5; 16; 17; 18.1 a 5; 19.1 y 3; 20.1, a), b) párrafo primero, c), e) y g) en sus párrafos primero a cuarto 2 y 3; 21; 22.1 a excepción de los dos últimos párrafos; 23; 24; 25; 26; 29, a excepción del último párrafo de sus apartados 5, 6 y 7; 31; 32; 33; disposiciones adicionales tercera, 2 y 3, cuarta, decimosegunda y decimoquinta; disposiciones transitorias segunda, octava y novena”

    Lo cual significa que el contenido de estos art. se aplican a todas las Admnistraciones, incluyendo a la local y a la autonómica.

    Por otro lado la 30/84 tiene [b]carácter supletorio[/b], lo cual implica que a la normatíva de la Admón local y autonomica, en todo lo no regulado especificamente por ellas se aplicará la 30/84.

    En definitiva a tu pregunta inicial, la 30/84 tiene unos preceptos básicos que se aplican a todas las Administraciones y además también tiene carácter supletorio.Por tanto es de aplicación a la Admon local y Admón autonómica.

    saludos y espero que lo veas más claro. 😛

    #334333
    Titobruni10
    Participante

    OK ahora si, ves tu!, jeje

    Muchas graciasss

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