-
AutorEntradas
-
20 abril, 2005 a las 7:38 am #337429
Academia Opositas
ParticipanteHola compis 😀
aunque me estoy preparando otra opo, la de aux. admvo. de la Universidad de Alcalá, hay varios temas que tengo en común con vosotros, como el de personal, y os pongo una dudilla que tengo a ver si me podéis ayudar:
pone en mi libro, acerca del PERSONAL EVENTUAL, que ‘ El nombramiento y cese del personal eventual, que serán libres, corresponden exclusivamente a los Ministros y a los Secretarios de Estado, y, en su caso, a los [i]Consejeros de Gobierno de las Comunidades Autónomas[/i] y a los Presidentes de las Corporaciones Locales..’.
Mi duda es que si se trata de un error lo de ‘CONSEJEROS DE GOBIERNO’, y debería decir ‘DELEGADO DE GOBIERNO’.
Es una tontería, pero estoy ahí, dándole vueltas….
A ver como lo véis….
Saludos y mucho ánimo con el estudio!!!! 😀 D D
20 abril, 2005 a las 10:08 am #337430Academia Opositas
ParticipanteUy no no, Delegado del Gobierno no debe decir, está bien dicho lo que dice, deja al Delegao del Gobierno para otros asuntos, que hay no se le menciona pa ná, ¡muackss!.
20 abril, 2005 a las 10:23 am #337431Academia Opositas
Participante😥 😥 😥 😥
ahora mismo, no ‘coloco’ al CONSEJERO DE GOBIERNO’, estoy totalmente despistada, creía que era una errata de mi libro, y no…. ¿que diferencia hay entre un Consejero de Gobierno y un Delegado de Gobierno???
Con lo que llevo estudiando, y cada vez creo que se menos 😥 😥 😥 😥
A ver si me podéis sacar de esta ‘oscuridad’, muchas gracias de antemano 😀 D D
20 abril, 2005 a las 10:48 am #337432Academia Opositas
ParticipanteHola.
Creo que con el término “Consejeros de Gobierno” se refiere a los Consejeros de las Comunidades Autónomas. Éstos no forman parte de la Administración Periférica del Estado, sino de la Autonómica o Territorial.
En algunas CC.AA. se les llama Consejeros a secas y en otras, Consejeros del Gobierno (autonómico, se entiende), como en Cataluña, Navarra, etc.Me parece que esto es así, pero si alguien más quiere dar su opinión para que todos salgamos de dudas…
Salu2. 😉
20 abril, 2005 a las 12:14 pm #337433epa2
ParticipanteHola lolón,
tu libro está bien, dejalo así, tanto un alcalde, como un presi. de una diputación, como un consejero autonomico, etc, etc, estan facultados para nombrar a personal eventual para la gestión y despacho de algunos asuntos….
sin embargo, para liar más la cosa, je je…
creo recordar que un delegado del gobierno tambien está autorizado para realizar nombramientos de personal eventuales y de confianza que considere oportuno…
es un tema lioso, no hace mucho hablé de eso con otro compi y ju, a ver si encuentro el mensaje ese..
nos vemos pronto, prontito
¡¡¡suerte en la univ!!! son de las oposiciones más dificiles que hay a mi juicio…
20 abril, 2005 a las 3:02 pm #337434Academia Opositas
ParticipanteGracias compis 😀 D D
habéis aclarado mi duda….
Epa, en realidad no es difícil el examen de la univ. de Alcalá, lo malo es que es concurso-oposición, y los interinos pueden sumar en la fase de concurso hasta 45 puntos, y, aunque hay 56 plazas, por lo visto, interinos con los 45 puntos, pasan de 200… claro esto son rumores…. pero vamos, que si consigo aprobar entraría en la bolsa de trabajo, y con eso ya me daría con un canto en los piñossssssss
Seguiiiimos estudiandoooooooooo
Saludos!!!
-
AutorEntradas
- El foro ‘Administración General del Estado – Auxiliares Administrativos’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.