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26 mayo, 2005 a las 7:01 am #338956ofalanteParticipante
Tengo una duda con respecto a las mayorías de las Cortes.
Voy por partes, me dí cuenta al hacer un test que os pongo ahora:
Por regla general, los acuerdos de las Cámaras deben de adoptarse por el siguiente quórum:
A) Mayoría absoluta de los miembros presentes.
B) Mayoría absoluta del núemro legal de miembros.
C) Mayoría absoluta del número de hecho.
D) Mayoría de los votos emitidos personalmente o por representación.Da como acertada la A, como puse yo, pero en realidad es esa la mayoría más común adptada por las Cortes?, o por el contrario es la mayoría de los miembros presentes, la que se podría considerar como la más común.
Además, la mayoría absoluta no se considera como una mayoría especial y no común???…
Pregunto porque estas chorraditas mayorías son muy contradictorias, y no hacen más que confundir a uno, además de ponerlas en los exámenes con cierte frecuencia.
Creo que hay devate en este tema.
Suelo enrrollarme, pero espero que me entendáis, Gracias.26 mayo, 2005 a las 7:20 am #338957Academia OpositasParticipanteYo entiendo que la mayoría absoluta de los miembros presentes se está refiriendo a la mayoría simple, porque para ser la mayoría especial a la que te refieres, o sea, la que se dice como “mayoría absoluta” es cuando se refiere a todos los que son, no a todos los que están. No sé si me explico. En fín, más opiniones….
26 mayo, 2005 a las 7:27 am #338958Academia OpositasParticipanteHola.
Pues yo creo que la respuesta que te dan como correcta es más que dudosa… Si nos atenemos a lo que dice el art. 79 CE, “los acuerdos, para ser válidos, deberán ser adoptados por la [b]mayoría de los miembros presentes[/b], sin perjuicio de las mayorías especiales…” La mayoría a la que se refiere es la mayoría simple; las mayorías absolutas y cualificadas se dejan para determinado tipo de decisiones especialmente relevantes.
Eso sí, de las respuestas que te dan es la más correcta. Yo también habría contestado la a). A ver si alguien nos puede aportar algo de luz al asunto.
Salu2. 🙄 🙄
26 mayo, 2005 a las 8:01 am #338959ranma1ParticipanteDesde luego sabeis sembrar la duda.
Y me pregunto yo, esa mayoría de los miembros presentes, tendrá un mínimo de votos no?
Y otra cosita más, en las mayorías especiales (3/5 y 2/3) de los miembros, supongo q se refiere a la totalidad de estos no a los presentes.
Dios, mientras más claro tengo un tema más dudas me aparecen. Que contradicción no? 🙄 😕 (
26 mayo, 2005 a las 9:17 am #338960Academia OpositasParticipantePues sí q se ha sembrado la duda sí… Yo creía q era posible q un acuerdo del Congreso saliera adelante, por ejemplo, con 1 voto a favor y 349 abstenciones… pero quizá esté equivocado. Q horror, a 16 días y así. 😥 😕
26 mayo, 2005 a las 8:13 pm #338961Academia OpositasParticipanteah y respecto a los 2/3 o 3/5 se refiere a miembros presentes.
lo de cuanto mas sabes mas dudas…tranquilo eso nos pasa a todos!a veces pienso que dudaria menos en el tipo test si solo llevara ideas generales porque sino le das 1000 vueltas a una pregunta antes de contestarla….
pero…este año tendremos suerte…eso espero!! 😉26 mayo, 2005 a las 8:15 pm #338962Academia OpositasParticipanteuy no se me publico el primer. te decia que la mayoria de miembros presentes sera la mitad mas uno de los votos favorables.las abstenciones no se computarian,serian mitad mas uno favorables. 🙄
26 mayo, 2005 a las 8:54 pm #338963semanasParticipante🙂 Yo entiendo que mayorías de 2/3 y 3/5 se refiere a mayorías cualificadas. O especiales, pero no de presentes sino de los que son.
Mayoría absoluta: La mitad más 1 de todos los que son
Mayorías simples : mayorías de presentes. (cumpliendo el quorum)Y la pregunta del test. Creo que si se debe referir a la A.
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