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Más sobre el test general 6/2005

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 8 entradas - de la 1 a la 8 (de un total de 8)
  • Autor
    Entradas
  • #338099
    Academia Opositas
    Participante

    Hola a tod@ss

    en la pregunta nº10 se habla de traslado de domicilio con cambio de residencia…pero será un error, no? yo tengo entendido q es 1 día de permiso por traslado [b]sin[/b] cambio de residencia… 😯

    Un saludín 😛 P

    #338100
    epa2
    Participante

    hola de nuevo loreley,,

    parece que me lees el pensamiento, esa pregunta tambien pensaba yo postearla, je je..

    1 dia sin cambio de residencia y 5 dias con cambio de residencia.. ¿no?

    corrigeme por favor si me equivoco, este tema no lo tengo claro…

    nos vemos pronto, prontito

    #338101
    Academia Opositas
    Participante

    Hola epa

    Pues en el temario sólo tengo el permiso por traslado de domicilio sin cambio de residencia…q será de 1 día
    Estoy buscando en la Ley de Funcionarios Civiles del Estado lo q tú dices pero no lo encuentro.. 😕

    A ver si alguien nos ayuda jeje

    Un saludín 😛

    #338102
    Academia Opositas
    Participante

    Perdona, q estoy yo buena…jeje

    En el ART. 30 Ley 30/84 q habla de los permisos SÓLO hace referencia al permiso [b]sin cambio de residencia[/b], estás seguro de q existe la figura del permiso por traslado de domicilio con cambio de residencia? 💡

    Hasta otraaa

    #338103
    semanas
    Participante

    Hola chicos. Esta pregunta tiene trampa, es un día por cambio de residencia, pero cuando se trasladan los mobiliarios y enseres, si es solo cambio de hospedaje, no se concede ningún día.

    Para Lorelei, olé por los cuatro fallos detectados, a mi también me salieron, y está estupendo poder rectificarlos a tiempo.

    Para Epa, el domingo 22 es el examen del Museo del Prado, creo que fuiste tú, quien lo puso en el foro. ¿Vas a ir a hacerlo?
    😉

    #338104
    Academia Opositas
    Participante

    Hace tiempo le pregunté lo mismo a cr mediante un email:

    Su contestación fue que únicamente se concederá permiso de traslado de domicilio [b]sin[/b] cambio de residencia. El permiso de traslado de domicilio [b]con[/b] cambio de residencia no estaría establecido ya que según el art. 77 de la ley de funcionarios civiles del estado estipula q “los funcionarios deberán residir en el término municipal donde radique la Oficina, Dependencia o lugar donde presten sus servicios”.

    Pos eso, q si no estoy equivocada (q con el sueño q tengo hoy podría ser 😳 ) ésto sería lo que me contestó CR en su día.

    Saludinessss

    #338105
    Academia Opositas
    Participante

    Gracias 😀 , ya decía yo q no me sonaba lo de “con cambio de residencia”..

    Hasta otra

    #338106
    epa2
    Participante

    hola a todas… 🙂

    pues menos mal que podemos aclarar este lio…

    ¿sabeis lo que me ha pasado?, que eso del cambio de residencia me parece que es una reminiscencia o algo que se me había quedado pegado en el coco del día que estudié el tema de los laborales, creo que es eso 😯

    bueno, nos vemos pronto, prontito…

    posdata: semanas, no voy a ir al examen ese, ¡¡¡¡me falta tiempo hasta para comer y dormir!!!!!

    seguimos estudiando (o al menos lo intentamos)

    😉

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