Foros OPOSITAS

Funcionarios: Servicios especiales

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #337879
    Academia Opositas
    Participante

    Hola a tod@s

    Me he dado cuenta de q hay diferencias entre el [b]ART.29.2 LEY 30/84[/b] y el [b]ART.4 RD 365/95 DE LAS SITUACIONES ADMINISTRATIVAS DE LOS FUNCIONARIOS[/b] 😯

    Ambos art. hablan de los supuestos q darían lugar a la declaración en la situación de servicios especiales…¿cuál debo estudiar? ❓ ❓

    Un saludín 😛

    #337880
    Academia Opositas
    Participante

    La ley 30/84 establece las situaciones con caracter general(solo da unas notas) el desarrollo y lo que debes estudiar para el examen es lo previsto en el Real Decreto 365/95 de situaciones administrativas.

    #337881
    Academia Opositas
    Participante

    Gracias ru! 😀

    Necesitaba una confirmación, pq a estas alturas me pongo nerviosaaaa

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • El foro ‘Administración General del Estado – Auxiliares Administrativos’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

APRUEBA TU OPOSICIÓN CON OPOSITAS