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excedencias

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #356137
    CristinaM
    Participante

    Hola a tod@s:

    -En temas de personal no me pone claro los plazos de la excedencias sino me equivoca el tiempo que tiene la excedencia por agrupación familiar era un mínimo de 3 años y un máximo d 15 años,
    -por interes particular para solicitar habre prestado al menos 5 años y tambien era un mínimo 3 y máximo de 15
    -excedencia volulntaria incentivada máximo 5 años

    Estoy en lo cierto o me he equivocado con los plzos si me lo podeis decir, creo q no ha habido cambios corregirme si me equivoco, gracias y saludos.-

    #356138
    Academia Opositas
    Participante

    Hola CristinaM:
    permíteme remitirte al Tema 10 donde explicamos con detalle dichos plazos teniendo en cuenta lo establecido en el EBEP así como lo que todavía está vigente de la ley 30/84.

    Concretamente, para la excedencia por agrupación familiar no existen dichos plazos; en la de interés particular es correcto lo que indicas pero el tiempo mínimo son 2 años y en la excedencia voluntaria es correcto el plazo de 5 años.

    Espero haberte ayudado aunque no dejes de ver el tema 10 porque muy bien desarrollado para facilitarte el estudio; ten en cuenta que es un tema muy importante de la oposición.

    Un saludo

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