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2 junio, 2008 a las 8:57 pm #352026
epa2
Participante¡¡¡Hola compis!!!
ya queda menos para el examen, ¿nerviosos? je je, aprovechar estos días para cerrar temas 😉
bueno, como he visto que mucha gente no se aclara con las retribuciones básicas y complementarias (Y ESTE AÑO VAN A MACHACAR CON EL EBEP) os he preparado un pequeño esquema para que os hagais una idea mejor… es un poco cutre, de andar por casa, pero bueno….
algo me dice en la nariz que van a preguntar sobre LAS RETRIBUCIONES DE LOS FUNCIONARIOS, ji ji ji 😛
en fin, ahí os dejo el esquemilla..
[url=http://usuarios.lycos.es/epa2/RETRIBUCIONES.pdf]http://usuarios.lycos.es/epa2/RETRIBUCIONES.pdf[/url]
2 junio, 2008 a las 8:58 pm #352027epa2
Participantese me olvidaba,,,
nos vemos por la feria del tocinoooooooooooo
2 junio, 2008 a las 9:22 pm #352028jab
Participantejarrrrr
que nervios
si Epa2, ya queda menos y e estas alturas andamos cerrando temas unos mejor que otros jejeje
Gracias por ese esquema se agradece tu colaboración con la causa,jo pos aver si es verdad que machacan con la parte de las retribuciones del EBEP y no con las excedencias,,
saludosssss y animos a tod@s
Indy is back ¡¡¡
el examen se acercaaaa 8)3 junio, 2008 a las 7:30 am #352029MARIALAURA
ParticipanteHola, tú sabes si está prevista alguna subida del sueldo de los funcionarios. Se cobra bastante poquito. Al menos los de justicia parece que han conseguido una mejora salarial ¿no?
Un saludo
3 junio, 2008 a las 11:21 am #352030Viaz
ParticipanteEpa2, muchas gracias por el esquema.
¿Ya han entrado en vigor los artículos del EBEP relativos a las retribuciones?
3 junio, 2008 a las 12:44 pm #352031epa2
ParticipanteMariaLaura, en la AGE se pilla “poquito” en comparación con otras administraciones como la local o los chicos de justicia.
[quote=”Viaz”:2povunz0]Epa2, muchas gracias por el esquema.
¿Ya han entrado en vigor los artículos del EBEP relativos a las retribuciones?[/quote]
Viaz, ¿a que articulos te refieres?, los articulos del esquema están vigentes y son materia de examen,, de hecho, en mi modesta opinión, van a machacar este año el EBEP en el examen (y el famoso tema 13).
en el ebep pueden preguntar por las retribuciones, LOS NUEVOS GRUPOS y SUBGRUPOS y las NUEVAS excedencias (ojo con los 13 dias + 2 por la parternidad)
bueno, creo que de aquí al examen no subiré nada más,, lo dicho, mucha suerte a todos, a ver si nos vemos por la feria del tocinoooooooooooooooooooooooooooooo
3 junio, 2008 a las 1:50 pm #352032Viaz
ParticipanteHola Epa2:
Me refiero a lo que dice la Disposición Final cuarta: “Lo establecido en los Capítulos II y III del Titiulo III, excepto el artículo 25.2 producirá efectos a partir de la entrada en vigor de las Leyes de Función Pública que se dicten e desarrollo de este Estatuto.”
Los derechos retributivos, se incluyen en el Capítulo III del Título III y comprende los artículos 21 a 30, ambos inclusives.
Gracias
3 junio, 2008 a las 2:45 pm #352033epa2
ParticipanteHola de nuevo viaz,,, el ebep es cierto que está por desarrollarse en algunos de sus apartados, pero piensa que el esquema que hice, aunque hace referencia al ebep está practicamente calcado a la 30/84 no ha habido variación con respecto a ella
de todas formas, si estoy equivocado que alguien me corrija ahora o calle para siempre, je je
😉
nos vemos por la feria del tocinoooooo
3 junio, 2008 a las 4:07 pm #352034inmaver
ParticipanteHola Epa, en primer lugar gracias por tu colaboración. Abusando de tu conocimiento, a que te refieres exactamente con los 13 dias + 2 por la paternidad, corrígeme si me equivoco; son 15 días para funcionarios y 13 para Trab. General. Respecto a las retribuciones Básicas son: Sueldo+trienios+pagas extraordinarias (sueldo+trienios+complemento de destino+ 2/3 complemento especifico).
Corrígeme, Gracias
Pd: No tendrás un esquemilla sobre permisos y licencias?
3 junio, 2008 a las 4:16 pm #352035Viaz
ParticipanteHola de nuevo, Epa2:
No he querido decir que estés equivocado, perdona si eso es lo que he dado a entender.
Únicamente preguntaba, si ya había salido alguna ley que desarrollara las retribuciones de las que habla el EBEP, por si yo no me había enterado y lo tenía mal estudiado.Un saludo.
3 junio, 2008 a las 7:13 pm #352036Maguilov
ParticipantePreguntas que viene a cuento… y que no tengo muy clara.
El permiso de paternidad, en una disposición adicional de la ley orgánica de igualdad, establece que es de 13+2 días por hijo en caso de parto múltiple
1ª) Si yo tengo gemelos… me corresponderían 15 días o 17? (tengo dos hijos… no tengo claro si son dos por cada hijo extra, o dos por cada hijo)
2ª) En la disposición adicional establece que el permiso de paternidad, EN EL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES, es de 13+2… ¿también lo es en el ebep? (es que no recuerdo nada de esto, la verdad.. en mis apuntes lo tengo como 15 días naturales)
Un saludo y gracias
3 junio, 2008 a las 7:15 pm #352037epa2
Participante[quote=”inmaver”:vtqbffa7]Hola Epa, en primer lugar gracias por tu colaboración. Abusando de tu conocimiento, a que te refieres exactamente con los 13 dias + 2 por la paternidad, corrígeme si me equivoco; son 15 días para funcionarios y 13 para Trab. General. Respecto a las retribuciones Básicas son: Sueldo+trienios+pagas extraordinarias (sueldo+trienios+complemento de destino+ 2/3 complemento especifico).
Corrígeme, Gracias
Pd: No tendrás un esquemilla sobre permisos y licencias?[/quote]
hola de nuevo inmaver,,lo de los 13 días son por paternidad, pero es que luego tienes el permiso de 2 dias por el nacimiento de hijos, aunque ambos son diferentes (pues los 13 dias de paternidad los puedes escoger a tu elección el padre o pasarselo a la mujer), son cosillas para tener en cuenta.
en cuanto a las leyes que desarrollan el ebep aún no hay nada (que yo sepa)., se está estudiando el tema.
¿un esquemilla sobre permisos?, creo que hay algo colgado en las faqs, echale un vistazo.
bueno, te dejo,,cualquier duda,,, posteala, si uno buenamente contestar, pues para esto estamos.
nos vemos pronto, prontitooooooooooo
3 junio, 2008 a las 7:19 pm #352038Maguilov
ParticipanteAclarado… muchas gracias!
3 junio, 2008 a las 7:20 pm #352039epa2
Participante[quote=”inmaver”:23q3gxg0]. Respecto a las retribuciones Básicas son: Sueldo+trienios+pagas extraordinarias (sueldo+trienios+complemento de destino+ 2/3 complemento especifico).
Corrígeme, Gracias
Pd: No tendrás un esquemilla sobre permisos y licencias?[/quote]
hola de nuevo,,, se me olvidaba,,, según el ebep, las retribuciones básicas son SOLO el sueldo y los trienios.
el complemento de destino y especificon entran dentro de las COMPLEMENTARIAS
Sin embargo, en una paga extra te entran LAS BASICAS Y LAS COMPLEMENTARIAS (vamos, lo que tu has puesto)
venga, seguimos en contacto
3 junio, 2008 a las 10:14 pm #352040epa2
Participante[url=http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/res020108-eha.html]http://noticias.juridicas.com/base_dato … 8-eha.html[/url]
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