ElJuaqui y Cremita tienen razón… Leete bien la disposición final. La mayoría del estatuto entra en vigor a partir del mes de su publicación, y luego hay 3 capitulos (T3 – C2,C3 y T5 – C3, creo ya que lo digo de memoria), que entran en vigor a partir de la entrada en vigor de la ley de la función pública.
En cualquier caso no está de más que se lean estos capitúlos, ya que hablan de temas de promoción del funcionario dentro de su carrera, etc…
Es cierto que no entran en vigor, pero la verdad, yo no los veo tan diferentes a lo que había.
Ala, a cuidarse!!!