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EL recuro de amparo corresonde??

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #338655
    Academia Opositas
    Participante

    a)Al Pleno del Tribunal COnstitucioanl
    b) a las secciones del TC
    c) a la sala del TC
    d)Todas las respuestas son correctas

    EL test da como válida la D) todas son correctas, pero el r.de amparo se interpone ante la Sala del TC cierto?? entoces se trata de un error???
    test general 6-05

    #338656
    Academia Opositas
    Participante

    Artículo 48 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional: “El conocimiento de los recursos de4 amparo constitucional corresponde a las Salas del Tribunal Constitucional”

    #338657
    Academia Opositas
    Participante

    hola compañera 😉

    Creo que la respuesta está bien en un resumen:

    Los recursos de ampara los admite el pleno, y conoce y resuelve las salas.
    Los recursos de insconstitucionalidad los admite , conoce y resuelve el pleno, al igual que para la cuestión.
    Los acuerdos , se requieren la presencia de 2/3 de los Magistrados, salvo para las secciones que son 2 miembros, salvo discrepancias que son 3.

    Espero haberte ayudado, suerte

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