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15 julio, 2004 a las 4:42 pm #334427Academia OpositasParticipante
Indique el plazo que debe trancurrir para declarar caducado un procedimiento iniciado de oficio:
a) Tres meses
b) Treinta días
c) No hay plazo previsto
d) Un mesCorresponde a los delegados del gobierno
a) elevar, con carácter semestral, un informe al gobierno sobre el funcionamiento de los servicios públicos estatales y su evaluación global
b) el informe al que se refiere la opción anterior será remitido a través del Ministerio de la Presidencia
c) suspender la ejecución de los actos impugnados dictados por los órganos de la delegación del gobierno cuando les corresponda resolver el recurso
d) velar por el cumplimiento de las competencias atribuidas, constitucionalmente, a la comunidad autónoma en la que ejerza como delegadoGracias…
15 julio, 2004 a las 6:03 pm #334428elnestorrParticipanteEn cuanto a la caducidad de los actos iniciado de oficio la ley dice
En los procedimientos iniciados de oficio, [b]el vencimiento del plazo máximo [/b]establecido sin que se haya dictado y notificado resolución expresa no exime a la Administración del cumplimiento de la obligación legal de resolver, produciendo los siguientes efectos:
“En los procedimientos en que la Administración ejercite potestades sancionadoras o, en general, de intervención, susceptibles de producir efectos desfavorables o de gravamen, [b]se producirá la caducidad[/b]”
Asi que yo contestaria la C pq el plazo de 3 meses es solo para los procedimientos a instancia
Corresponde a los delegados del gobierno
a) elevar, con carácter semestral[b](es anual[/b]), un informe al gobierno sobre el funcionamiento de los servicios públicos estatales y su evaluación global
b) el informe al que se refiere la opción anterior será remitido a través del Ministerio de la Presidencia [b](a traves del MAP)[/b]
c) suspender la ejecución de los actos impugnados dictados por los órganos de la delegación del gobierno cuando les[b](le)[/b]corresponda resolver el recurso
d) velar por el cumplimiento de las competencias atribuidas, constitucionalmente, a la comunidad autónoma(al estado) en la que ejerza como delegadoLa wena es la C pero poniendo un le en lugar de un les
15 julio, 2004 a las 7:54 pm #334429isarevaParticipanteEstoy de acuerdo contigo Elnestorr
En la primera pregunta la C) No hay plazo previsto.
Según el art. 92 de la LRJ AP Y PAC. El plazo de 3 meses es si el procedimiento es a instancia de parte.Y no regula plazo de caducidad para los procedimientos iniciados a instancia del interesado.En la segunda preguna Yo también diria que es la C)
Saluditos 😛
15 julio, 2004 a las 8:03 pm #334430famaraParticipanteYo discrepo de vosotros y creo que la respuesta a la primera pregunta es que el plazo es de tres meses. Me baso para ello en los artículos 42 de la Ley 30/1992. El 42 dice textualmente “1. La Administración está obligada a dictar resolución expresa en todos los procedimientos y a notificarla cualquiera que sea su forma de iniciación.” y en su párrafo 2 dice que . “El plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento. Este plazo no podrá exceder de seis meses salvo que una norma con rango de Ley establezca uno mayor o así venga previsto en la normativa comunitaria europea”.
Y en el párrafo lo calara del todo cuando señala “3. Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses. Este plazo y los previstos en el apartado anterior se contarán:
a. En los procedimientos iniciados de oficio, desde la fecha del acuerdo de iniciación.
b. En los iniciados a solicitud del interesado, desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación.”15 julio, 2004 a las 8:13 pm #334431famaraParticipanteAtendiendo al artículo 44 “2. En los procedimientos en que la Administración ejercite potestades sancionadoras o, en general, de intervención, susceptibles de producir efectos desfavorables o de gravamen, se producirá la caducidad. En estos casos, la resolución que declare la caducidad ordenará el archivo de las actuaciones, con los efectos previstos en el artículo 92”. Por eso creo que para la Administración también obligan los plazos de Tres y Seis meses, dependiendo del caso, y que pasados los mismo es cuando se declara la caducidad del proceso.
16 julio, 2004 a las 11:54 pm #334432Academia OpositasParticipanteUppsss que se me había olvidado poner que la respuesta que da como válida son 30 días, 😯 ❓
Yo aún lo sigo sin entender…
Aunque por quedarme con alguna me quedaría con la A, ya que es por regla general y no queda otra más convincente… 😉
Yo creo que hacen mal los test aposta, para que luego nos volvamos locos buscando la solución correcta. agggghhh…
16 julio, 2004 a las 11:57 pm #334433Academia OpositasParticipantey la 2º, es la C, muy bien, estáis al loro….
😆17 julio, 2004 a las 12:09 am #334434AnónimoInvitadoSolo me gustaría preguntaros si ese test es nuestro, pues me he vuelto loco buscando todos los que ponemos a vuestra disposición y no he encontrado esa pregunta ❓
Ya nos dirás ratitos. Saludos.
17 julio, 2004 a las 11:17 am #334435Academia OpositasParticipanteNo!!, no te vuelvas loco!!!
No es vuestro. Es una pregunta de test que tengo por aquí de la editorial mad… 🙄
17 julio, 2004 a las 3:49 pm #334436famaraParticipanteCreo que lo de los 30 días puede estar relacionado con el siguiente hecho:
Acuerdo de caducidad por paralización del procedimiento iniciado de oficio: se adopta en aquellos procedimientos que se han iniciado de oficio y en los cuales no se ha dictado resolución expresa en el plazo que esta establecido normativamente ni tampoco en el plazo de treinta días desde el vencimiento del plazo en que debió ser dictada. Solo se da en aquellos supuestos de procedimientos iniciados de oficio y que no produzcan actos favorables para los ciudadanos.De todas formas sigo pensando que si hay un plazo para determinar la caducidad en los procedimientos iniciados de oficio. A parte del artículo 44, están los artículos 102 y 103 para declarar un acto nulo o lesivo, iniciado de oficio, que marca los plazos de tres y seis meses, de lo contrario se declara caducidad.
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