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En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 15 entradas - de la 1 a la 15 (de un total de 23)
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  • #354136
    lito
    Participante

    Hola Cr, aquí te mando las primeras dudas del tema 8:

    Página 6. El Comité de Representaciones Permanentes (COREPER), ¿son otros miembros aparte de los 27 que forman el Consejo de la Unión Europea?.

    ¿Dónde se celebran las reuniones del Consejo de la Unión Europea, en Bruselas o en el país que tenga la presidencia en ese momento?.

    Página 13. Parlamento

    Los cuestores, ¿son diputados, es decir, forman parte de los 785?.

    Gracias por todo, un saludo.

    #354137
    Academia Opositas
    Participante

    Hola Fatiportuense:

    me alegro de ver que ya estás con el tema 8. Habrás visto que su estudio puede parecer complejo pero es bastante curioso y fácil de memorizar.

    – [u]página 6[/u]: Si, son distintos. Ten en cuenta que está formado por los llamados “Representantes permanentes” o “embajadores ante la UE” que representan a cada Estado en Bruselas.

    En cambio, el Consejo de la Unión Europea está formado por los Ministros respectivos de cada Estado.

    Sobre su lugar de reunión, se realiza siempre en Bruselas, aunque también pueden hacerlo en Luxemburgo.

    – [u]página 13[/u]: Si, efectivamente. Los cuestores son elegidos de entre los diputados.
    Como curiosidad, en esta página puedes ver a los seis diputados que actualmente tienen dicho cargo:
    [url=http://www.europarl.europa.eu/members/expert/otherBodies/search.do?body=2369&language=ES]http://www.europarl.europa.eu/members/e … anguage=ES[/url]

    Espero haberte ayudado.
    Un saludo

    #354138
    lito
    Participante

    Bien, me ha quedado claro, te pongo un par de dudas más:

    Página 15. Comisión

    “El Consejo Europeo propone un candidato al Parlamento Europeo, que lo aprueba por mayoría de sus miembros”. ¿A qué mayoría se refiere, simple, absoluta, cualificada?.

    El presidente de la Comisión, forma parte de los 27 comisarios, ¿o es aparte?

    Página 19. Personal de la Comisión.

    ¿Los miembros de las Direcciones Generales son aparte de los miembros de la Comisión, es decir, trabajan para ellos?.

    Gracias por todo, un saludo.

    #354139
    Academia Opositas
    Participante

    Hola de nuevo, Fatiportuense:

    vamos entonces con estas dudas nuevas:

    – [u]página 15[/u]: al no indicarnos nada debemos entender dicha mayoría como simple, es decir, más votos a favor que en contra.

    Sobre el Presidente de la Comisión debemos incluirle como uno de los 27. Como curiosidad, aquí tienes a toda la Comisión actual:
    [url=http://ec.europa.eu/commission_barroso/index_es.htm]http://ec.europa.eu/commission_barroso/index_es.htm[/url]

    – [u]página 19[/u]: Si, efectivamente, es como en España la Administración que hay en cada Ministerio. En este caso cada Dirección General y sus servicios ayudarán al Comisario en su labor.

    Aquí, por ejemplo, puedes ver las Direcciones Generales que existen actualmente que te ayudarán a entender este apartado:
    [url=http://ec.europa.eu/dgs_es.htm]http://ec.europa.eu/dgs_es.htm[/url]

    Espero haberte ayudado con estas nuevas dudas.

    Un saludo

    #354140
    lito
    Participante

    Hola Cr, estas dudas también están aclaradas, te dejo unas cuantas más:

    Página 19. Orden del día de las reuniones de la comisión.

    “El número de miembros cuya presencia será necesaria para que la Comisión pueda adoptar acuerdos válidamente será igual a la mayoría de miembros previstos en el Tratado”. ¿Cuál es esta mayoría?.

    Página 20. Decisiones de la comisión.

    “Las decisiones de la Comisión de adoptarán por la mayoría del número de miembros previsto en el Tratado”. ¿Cuál es esa mayoría, simple, cualificada, absoluta?.

    ¿Cuál es la diferencia entre jefe de servicio, de departamento, de gabinete o de unidad en la comisión europea?.

    Bueno, esto por ahora. Gracias. Un saludo.

    #354141
    Academia Opositas
    Participante

    Hola de nuevo, Fatiportuense:

    Vamos a ver estas nuevas dudas del Tema 8:

    – [u]página 19[/u]: en nuestra opinión, esta mayoría se refiere a que haya más asistentes que ausentes, es decir, que para adoptar acuerdos deberán asistir la mayoría de los miembros de la Comisión.

    – [u]página 20[/u]: aquí ocurre igual que en la anterior duda. Siempre que no se especifique nada estamos hablando de una mayoría simple, es decir, más asistentes que ausentes o más asistentes a favor que en contra.

    Sobre los gabinetes, servicios, etc. ten en cuenta que la Comisión Europea es una Administración “completa”. Está formada por más de 25.000 empleados y su distribución se realiza a través de gran cantidad de departamentos, gabinetes, etc. Como consejo, creemos que no es necesario aprender esta distribución para la oposición que trabajamos puesto que te puede llevar a mezclarlo con la LOFAGE (que ésta sí que es mucho mas importante).

    En cualquier caso, quedamos a tu disposición para facilitarte la información que creas necesaria pero insistimos que no es bueno conocer muchos datos “fuera de temario”.

    Espero haberte ayudado.
    Un saludo

    #354142
    lito
    Participante

    Hola Cr, todo aclarado, sigo con unas cuantas más, todas referente al Consejo Europeo:

    Página 29. Consejo Europeo

    El Consejo Europeo está compuesto por los Jefes de Estado o de Gobierno ¿quiere decir que puede ir tanto el Rey, o el presidente, o ambos de un país?.

    Las reuniones. Dice que el Consejo se reunirá al menos dos veces al año, bajo la presidencia del jefe de Estado o de Gobierno miembro que ejerza la presidencia del Consejo. ¿A qué se refiere esto, a la presidencia semestral del Consejo de la Unión Europea?. Si es así, los jefes de estado o de gobierno no ejercen la presidencia del Consejo de la Unión Europea, sino los ministros. No lo entiendo.

    Siguiendo con este párrafo de las reuniones. Cuando dice que “dos coincidiendo con las presidencias semestrales rotatorias de los Estados miembros en los estados que detenten la presidencia”. Eso de “los estados que detenten la presidencia”, ¿se refiere a la presidencia del Consejo Europeo o del Consejo de la Unión Europea?.

    “En principio las reuniones se celebraban sólo al final de cada presidencia” ¿Se refiere al Consejo de la Unión Europea o Consejo Europeo?

    “Se decidió que las reuniones oficiales se celebrasen siempre en Bruselas” ¿Las que coinciden con las presidencias rotatorias, también en Bruselas o siguen celebrándose en los Estados donde detenten la presidencia?.

    Gracias, ya quedan menos. Un saludo.

    #354143
    Academia Opositas
    Participante

    Hola de nuevo, Fatiportuense:
    Vamos con las nuevas dudas que nos planteas sobre este tema:

    1. Efectivamente, en el caso de España podría ir el Rey (Jefe de Estado) o el Presidente del Gobierno o ambos a la vez. Lo normal es que acuda el Presidente del Gobierno asistido del Ministro de Asuntos Exteriores

    2. Sí, se refiere al que ejerza la presidencia en ese semestre, que será el Jefe de Estado o de Gobierno correspondiente. Indicas que son los Ministros los que realizan dicha presidencia pero no es así sino el representante que corresponda a cada país según dicho turno semestral.

    3. Al Consejo Europeo. Como la presidencia rotará semestralmente serán dos los países que en un mismo año habrán tenido dicho cargo.

    4. Teniendo en cuenta que seguimos en el mismo apartado… al Consejo Europeo. ¿Por qué entiendes que puede referirse al Consejo de la Unión Europea?

    5. Todas se celebran ya en Bruselas, incluidas las de la toma de posesión de las presidencias.

    Espero haberte ayudado.
    Un saludo

    #354144
    lito
    Participante

    Hola Cr, pues sigo liadísima con esto, te pongo lo que no entendí, y seguimos, vamos a ver si me explico:

    Pregunta 2. Dices que no son los ministros los que ejercen la presidencia del “Consejo de la Unión Europea”. No veo en el temario dedicado al Consejo de la Unión Europea (páginas 4 a 7) que la presidencia del Consejo de la Unión Europea la ejerza el jefe de estado o gobierno. Si te he entendido bien, entonces ¿para qué hay un presidente del Consejo Europeo por dos años y medio, si no preside las sesiones, ya que lo hace el presidente del Consejo de la Unión Europea, jefe de estado o gobierno?.

    En cuanto a la pregunta 4, si se refiere al Consejo Europeo, dice que sólo una al final de cada presidencia, es decir, ¿cada dos años y medio?.

    Gracias.

    #354145
    Academia Opositas
    Participante

    Hola de nuevo, Fatiportuense:
    OJO que en la duda número 2 estamos hablando del Consejo Europeo, no del Consejo de la Unión Europea. Es muy importante que no confundas ambos órganos.

    Por otro lado, ten en cuenta que la Presidencia del Consejo Europeo es de [b]6 meses [/b](no de dos años y medio que es lo que estipula el Tratado de Lisboa que entrará en vigor este año, pero todavía no lo han aprobado todos los países).

    Por eso se habla de dos reuniones al año, porque al ser semestrales las presidencias… habrá dos nombramientos en un mismo año.

    No sé si me he explicado pero es importante que esto esté claro. Es uno de los pilares de este tema.

    Un saludo

    #354146
    lito
    Participante

    Cr, cada vez me lío más, la primera vez que te pregunté esto:

    “Las reuniones. Dice que el Consejo Europeo se reunirá al menos dos veces al año, bajo la presidencia del jefe de Estado o de Gobierno miembro que ejerza la presidencia del Consejo. ¿A qué se refiere esto, a la presidencia semestral del Consejo de la Unión Europea?. Si es así, los jefes de estado o de gobierno no ejercen la presidencia del Consejo de la Unión Europea, sino los ministros. No lo entiendo”.

    Aquí lo que te preguntaba era en relación a la última parte “ejerza la presidencia del Consejo”, a qué Consejo se refería, ya que si pone “Consejo” solamente, debería referirse al Consejo de la Unión Europea, pero no estaba segura.

    Tú me respondiste:

    2. Sí, se refiere al que ejerza la presidencia en ese semestre, que será el Jefe de Estado o de Gobierno correspondiente. Indicas que son los Ministros los que realizan dicha presidencia pero no es así sino el representante que corresponda a cada país según dicho turno semestral.

    Entonces yo te entendí, que la última línea, es decir “miembro que ejerza la presidencia del Consejo”, se refería al Consejo de la Unión Europea, y por eso entendí que el presidente del Consejo de la Unión Europea era el mismo que el del Consejo Europeo.

    Pero en tu última contesta dices que nos estamos refiriendo al Consejo Europeo, ya me perdí.

    En resumen, que ya no tengo claro nada, no sé si el presidente del “Consejo de la Unión Europea” es un ministro, o lo es el presidente del “Consejo Europeo”, con lo que la misma persona sería presidente de los dos órganos.

    Gracias, y a ver si nos aclaramos, jaja.

    #354147
    Academia Opositas
    Participante

    Hola de nuevo, Fatiportuense:
    no me extraña que nos liemos tanto en el estudio como en las explicaciones porque diferenciar Consejo Europeo del Consejo de la Unión Europea y Consejo de Europa como órganos distintos… no es fácil, ahora bien, es muy importante, sobre todo los dos primeros que son los que ahora nos traen el problema.

    En la duda que indicas en tu último mensaje yo me refería al Consejo Europeo, ya que estábamos hablando de él al tratar las reuniones. Para no confundirnos te explico:

    – [u]Consejo Europeo[/u]:
    — formado por los Jefes de Estado o de Gobierno.
    — presidencias rotatorias semestrales (siempre que no entre en vigor el Tratado de Lisboa porque entonces serán de dos años y medio)
    — será Presidente el correspondiente Jefe de Estado o de Gobierno

    – [u]Consejo de la Unión Europea[/u]:
    — formado por un ministro de cada Estado dependiendo de la materia
    — la presidencia pertenecerá a un Estado cada seis meses, que será el encargado de las reuniones

    Como ejemplo, ten en cuenta que el Consejo de la Unión Europea se puede reunir por tratar sobre “Justicia e Interior” y entonces tendrán que asistir los Ministros de Justicia e Interior de cada páis y se hará cargo de la agenda de dicha reunión el país que presida en ese momento.

    Espero haberte ayudado y aclarado toda esta organización europea.
    Un saludo

    #354148
    lito
    Participante

    Hola Cr, al decirme esto en relación al Consejo de la Unión Europea:

    — la presidencia pertenecerá a un Estado cada seis meses, que será el encargado de las reuniones . ¿Me estás diciendo que la presidencia no corresponde a una persona física?. Por otro lado, ayer con el lío leí información en internet y encontré varios artículos en los que ponía que el presidente del Consejo Europeo y el del Consejo de la Unión Europea era el mismo. Aquí te dejo dos extractos. Me voy a volver loca.

    “La Presidencia del Consejo es rotatoria y tiene una duración de seis meses. Es decir, cada país de la UE se hace cargo de la agenda del Consejo y preside todas las reuniones durante un semestre, promoviendo las decisiones legislativas políticas y trabajando en pro de acuerdos entre los Estados miembros. El Presidente del Consejo de la Unión es a su vez, Presidente del Consejo Europeo”

    Y esto:

    “El presidente del Consejo Europeo es el jefe de Estado o de gobierno del país que ocupa la presidencia del Consejo de la Unión Europea. El presidente sirve de moderador en los debates y da a conocer las conclusiones al final del Consejo”.

    Gracias.

    #354149
    Academia Opositas
    Participante

    Hola de nuevo, Fatiportuense:
    borro lo de que no están relacionados porque no recordaba que dichos plazos semestrales se hacían coincidir para que fueran en un mismo Estado.
    Ahora bien, son presidencias distintas.

    Por un lado está el [b]Estado [/b]que tiene la presidencia del Consejo de la Unión Europea y por otro está el [b]Jefe de Estado o de Gobierno de dicho Estado[/b] que es el Presidente del Consejo Europeo.

    Si cogemos tu segunda cita nos indica:

    [i]”El presidente del Consejo Europeo es el jefe de Estado o de gobierno del país que ocupa la presidencia del Consejo de la Unión Europea. El presidente sirve de moderador en los debates y da a conocer las conclusiones al final del Consejo”[/i]

    de donde vemos que la primera frase es muy clara, es decir, que el turno coincide y por lo tanto el Presidente del Consejo Europeo será el que ocupe la presidencia del Consejo de la Unión Europea.
    Ahora bien, dicha coincidencia podría no ser así.
    Como ejemplo, el nuevo Tratado de Lisboa que va a cambiar el plazo de la Presidencia del Consejo Europeo y va a hacer que dure dos años y medio.

    Vamos avanzando en la aclaración, verdad?
    Un saludo

    #354150
    lito
    Participante

    Hola Cr, por fin está aclarado.
    Te dejo las últimas dudas:

    Página 30.

    “El Consejo de la Unión Europea recomendará al Consejo Europeo estrategias comunes y las aplicará”, ¿no es al revés, no las recomienda el Consejo Europeo al Consejo de la Unión Europea?.

    Página 33.

    “Las sentencias del Tribunal son decididas por mayoría”, ¿a qué mayoría se refiere?. ¿Mayoría simple, porque no pone nada?.

    Test 8 número 2.

    Pregunta 6. Se refiere al Consejo de la Unión Europea o también puede ser al Consejo Europeo, ¿no?.

    Test 8 número 4

    Pregunta 9. ¿Qué órgano de la Unión elige al presidente de la comisión?.

    Da como correcta el Parlamento Europeo. Mirando la página 15, El Consejo Europeo propone al presidente, y el Parlamento lo aprueba. ¿Cómo sé que elegir se refiere a aprobar, si hemos utilizado los términos proponer y aprobar?.

    Pregunta 8.

    Instituciones de la Unión Europea.

    Según la plantilla la respuesta es la d, el Consejo Europeo sería una institución de la Unión Europea, y en la página 30 dice que en sentido jurídico no es una institución de la Unión Europea. El Banco Central Europeo he leído, aunque no en los apuntes, que no se considera una institución, aunque se integra en la estructura institucional. Es decir, que yo pensaba que se consideraban instituciones: Parlamento, Consejo Unión Europea, Comisión Europea, Tribunal de Justicia y Tribunal de Cuentas. El Comité Económico y Social Europeo y el Comité de las Regiones son instituciones, pero auxiliares. El Consejo Europeo no tiene la consideración de institución, y el Defensor del Pueblo, Banco Europeo de las Inversiones y Banco Central Europeo, no tienen categoría de instituciones, aunque se integran en la estructura institucional.

    Ahora me hice un lío, y no sé lo que se considera institución o no.

    Con esto termino las dudas. Un saludo y gracias.

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