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En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 12 entradas - de la 1 a la 12 (de un total de 12)
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    Entradas
  • #346085
    TOLEDANO
    Participante

    Hola por favor podriais ayudarme a entender la parte del articulo 9.3 que dice: “La constitucion garantiza… la irretroactividad de las disposiciones sanacionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales.” es decir directamente NO SE QUE SIGNIFICA ESTO. Otra duda dentro del mismo articulo ¿que quiere decir “la responsabilidad y la interdiccion de la arbitrariedad de los poderes publicos? Tampoco lo comprendo.
    Otra dudilla: diferencia entre sancionar y ratificar.
    En la pagina 6 del tema uno aparece el siguiente parrafo: El principio de unidad jurisdiccional es la base d ela organizacion y funcionamiento de los tribunales. La Ley regulara el ejercicio de la jurisdiccio militar en el ambito estrictamente castrense y en los supuestos de estado de sitio, de acuerdo con los principios de la constitucion. La pregunta es la misma, no lo entiendo.
    ¿Que es un Tribunal de excepcion, que es un tribunal consuetudinario?
    En la pagina 14 del msmo tema: ” Los derechos y libertades reconocidos en el capitulo segundo del titulo i de la constitucion vinculan a todos los poderes publicos y solo por ley que en todo caso debera respetar su contenido esencial, podra regularse el ejercicio de tales derechos y libertades. La forma de tutelar los mismos sera a traves del recurso de inconstitucionalidad. NO ENTIENDO ESTE PARRAFO
    Pues eso que tengo todas estas dudas ¿alguien puede contestarmelas? Gracias

    #346086
    epa2
    Participante

    hola toledano, espero que estes bien…

    en cuanto a la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras etc, etc, etc…

    quiere decir que la CE garantiza a que una ley que salga nueva no puede suprimir los beneficios a los que uno se hubiera acogido de otra anterior…

    me explico mejor con un ejemplo, porque lo mio es no es la docencia en explicaciones, je je

    el ejemplo de los presos, ¿cuantas veces hemos oido eso?, imagina que uno comete un delito y le echan 10 años de prision, y ahora, se reforma el codigo penal y resulta que ese mismo delito se reforma y ahora no son 10 años, sino 20 años de prision, pues bien, a esa persona esa disposición sancionadora nunca se le podrá aplicar en su caso, pues ya fue condenado y no se puede aplicar la nueva disposición con caracter retroactivo…

    Y AL REVES…
    suponiendo el mismo ejemplo, esa persona condenada por 10 años, y ahora se reforma el codigo penal y resulta que por lo que la castigaron y le imponieron 10 años en su día, ahora son 5 años, pues bien, esa persona tiene derecho A NO CUMPLIR la condena íntegra, sino más bien, al ser esta disposicion FAVORABLE, SE PUEDE APLICAR CON CARACTER RETROACTIVO, pero claro, las que no son favorables y te perjudican, NUNCA SE PUEDEN APLICAR CON CARACTER RETROACTIVO…

    y eso que dice la CE de “la interdicción de bla bla”, mira, sustituye en tu cabeza la palabra “interdicción” por “prohibición”, ¿verdad que ahora tiene más sentido??, La CE garantiza la PROHIBICIÓN de que los poderes públicos actuen con arbitrariedad (parcialidad)

    las demas preguntas, dejamos que otro compañero responda, ¿okis?, o bien me rectifiquen o complementen mi aportación..

    suerte.

    nos vemos por la feria del tocinoooooooo

    .

    #346087
    TOLEDANO
    Participante

    ahora si lo he comprendido, gracias de nuevo

    #346088
    Anónimo
    Invitado

    Gracias EPA por tu fantástica exposición.
    Saludos y gracias por vuestras aportaciones al foro.

    #346089
    epa2
    Participante

    me alegro de que sea así…

    mira, este enalce te servirá para tu estudio,, es la página oficial del congreso de los diputados, en él tiene comentarios a lo que significa cada artículo de la CE,,

    por ejemplo, ¿que no entiendes el artículo 167 de la CE?, pues entras ahí, escribes el número del artículo y le das a buscar y cha chan,, de pronto tendrás un erudito en tu ordenador explicandote con pelos y señales la CE..

    suerte y nos vemos por la feria del tocinoooooooooooo

    se me olvidaba, el link

    [url:1x4pbp2u]http://www.congreso.es/constitucion/constitucion/indice/index.htm[/url]

    #346090
    TOLEDANO
    Participante

    es que perdona que quizas estas preguntas sean demasiado tontas para vosotros pero tengo base cero y me esta costando horrores, asi que tengo que daros un poco la lata. Gracias

    #346091
    Academia Opositas
    Participante

    Hola, toledano!
    No te preocupes por todas las dudas que te irán surgiendo, esas mismas preguntas me las hice hace 3 años cuando empecé con esto de las oposiciones. Lo que es una gran suerte es contar con el apoyo de la gente tan estupenda de este foro (epa2, sevillana, grancapitan, bg, javisan, etc…), si no fuera por ellos ahora mismo no estaría esperando los destinos para coger plaza. Confía en ellos, que son de lo mejor que te vas a encontrar, te lo aseguro.

    Un saludo y mucho ánimo, que la meta merece la pena.
    Ana

    #346092
    TOLEDANO
    Participante

    La verdad es que no te niego que a veces me dan ganas de tirar la toalla, porque siento que todo se me hace muy cuesta arriba, pero viedo a gente como vosotros me ayudais a remontar, gracias

    #346093
    Academia Opositas
    Participante

    Nada de eso Toledano, no puedes tirar la toalla, al menos sin haberlo intentado. Esa sensación de impotencia y no entender nada, la hemos tenido todos, como te ha dicho anichi, fíjate que yo venía de una carrera de ciencias, así que ya te puedes imaginar. Tu confía en este foro, que verás que culquier cosa que tengas dudas será resuelta.

    Mucho ánimo, y verás como este es nuestro año

    #346094
    Academia Opositas
    Participante

    Quería compartir con vosotros, en especial con todos los alumnos que estáis empezando con las oposiciones, la curiosidad que me despierta este mensaje de hace poco más de dos años.

    La compañera “Toledano” que habla de tener “ganas de tirar la toalla” y de que tiene una “base cero” ya lleva 3 meses trabajando como funcionaria titular.

    Siempre he pensado que es importante de vez en cuando pararse a pensar, mirar hacia atrás y aprender de lo ya sucedido.

    Espero que os anime a muchos a seguir creyendo en el aprobado, aunque ahora lo veais muy lejos.

    Un saludo a todos y en especial a Toledano.

    #346095
    TOLEDANO
    Participante

    jolin ya no me acordaba de este mensaje 😳 , es verdad hay dias en que se tienen muchos bajones. Pero hay que seguir pedaleando, sin parar, aunque hay dias que sea un poquito. Ademas del esfuerzo personal, para mi ha sido vital el equipo de opositas, nunca me cansare de repetirlo. Los que ahora sois alumnos teneis la suerte de estar en buenas manos. Y no solo hablo de material, que es muy muy bueno, sino a nivel humano, los animos, …el apoyo, en fin que muchas gracias a opositas, y mucho mucho animo a los opositors. un fuerte abrazo, y felices fiestas.

    #346096
    epa2
    Participante

    jope, vaya recuerdos, como pasa el tiempo

    un saludo a toda la peña y nos vemos por la feria del tocinooooooooo

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