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En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 7 entradas - de la 1 a la 7 (de un total de 7)
  • Autor
    Entradas
  • #344273
    templario
    Participante

    hola tengo una duda test11 nº 5 pregunta 21 dice así
    ¿cual de las siguientes no es causa deefinitiva de la perdida de la condición de funcionario?
    a)la renuncia.
    b)la separación del servicio como sanción disciplinaria.,
    c)la pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta.d
    d)todas ellas son causa de pérdida definitiva de la condición de funcionario.

    Respuesta A.mi duda es la la pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta permite la rehabilitación?
    gracias.
    2.¿Que garantías constitucionales debera cumplir la OEP?
    a)igualdad y mérito.
    b)igualdad merito, capcidad y publicación
    c)igualdad y capacidad.
    d)igualdad, mérito y capacidad.
    respuesta D Yo creo que es la B

    Gracias

    #344274
    Academia Opositas
    Participante

    la 2 es la D según la Consitución.
    En la 1 , me puedes decir en que parte del temario aparece eso de la “pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta” es que me suena mucho pero ahora no encuentro donde está, porque en las sanciones disciplinarias no está no?

    #344275
    Academia Opositas
    Participante

    [quote]¿cual de las siguientes no es causa deefinitiva de la perdida de la condición de funcionario?
    a)la renuncia.
    b)la separación del servicio como sanción disciplinaria.,
    c)la pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta.d
    d)todas ellas son causa de pérdida definitiva de la condición de funcionario.[/quote]
    María, la renuncia sí que es causa definitiva de pérdida de la condición de funcionario, sin embargo, como bien dices la pena de inhabilitación, ya sea absoluta o especial, supone la pérdida de la condición de funcionario, pero de manera temporal, cuando cumplas la pena puedes solicitar la rehabilitación en la condición de funcionario.
    Con respecto a la otra pregunta, las garantías constitucionales son igualdad (art. 23) y mérito y capacidad (103); la publicidad es otra garantía, pero no constitucional puesto que se recoge en la ley 30/84. Siento haberte dado una respuesta errónea en la pregunta de la provisión de puestos ( lo copié textualmente de un temario actualizado aunque me sonaba un poco raro)

    #344276
    templario
    Participante

    hola fatifer: es el tema 11adquisición y perdida de la condición de funcionarios. Gracias por contestarme. Chao.

    #344277
    Academia Opositas
    Participante

    oye, que yo también te he contestado, a mí no me das las gracias ❓

    #344278
    templario
    Participante

    hola guille, eres muy majo. y tu eres de los que siempre me contestan. Gracias de todo corazon. Por cierto en un foro me dices que quieres ponerte en contacto conmigo te he mandado email, pero no se que pasa que me sale error etc. chao.

    #344279
    Academia Opositas
    Participante

    mi mail es [url=mailto:guillermo.minguez@telefonica.net]guillermo.minguez@telefonica.net[/url] 😉 (es que te quería c onsultar algo)

    un saludo

Viendo 7 entradas - de la 1 a la 7 (de un total de 7)
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