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11 mayo, 2008 a las 4:44 pm #351709
david73ParticipanteEn la página 26 del tema 13, párrafos 3 y 5, dice acerca del distintivo para las empresas en materia de igualdad:
“El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales …”
¿Este Ministerio sería el nuevo Ministerio de Trabajo e Inmigración?
Gracias y saludos.P.D.: Mucho ánimo compañeros.
11 mayo, 2008 a las 7:12 pm #351710
Academia OpositasParticipanteHola David73:
efectivamente, ahora el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ha sido renombrado como Ministerio de Trabajo e Inmigración.
Respecto a dicho distintivo, entendemos que ahora lo otorga el Ministerio de Igualdad pero no tenemos legislación aplicable todavía al respecto.
Estaremos atentos.
Un saludo12 mayo, 2008 a las 9:36 am #351711
david73ParticipanteEntonces, si nos preguntasen acerca del distintivo la respuesta correcta sería el Ministerio de Igualdad, ¿verdad?
Y, sobre quién hace el seguimiento para que se cumplan las medidas acordadas en la reunión de 4 de marzo de 2005, ¿también sería el Ministerio de Igualdad? En el temario (página 34) dice que sería el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, a través de la Secretaría General de Políticas de Igualdad.
Muchas gracias y un saludo Cr.13 mayo, 2008 a las 3:13 pm #351712
david73ParticipanteHola Cr, lo subo por si no has visto mis segundas preguntas sobre este tema. Gracias.
Un saludo.13 mayo, 2008 a las 6:27 pm #351713
Academia OpositasParticipanteHola de nuevo, David73:
efectivamente, así debemos entender el seguimiento. He buscado alguna legislación o disposición que nos lo pueda concretar pero ahora es todo demasiado nuevo.
Habrá que tenerlo en cuenta en el examen oficial para “jugar” con los ministerios según las respuestas que nos ofrezcan.
Un saludo13 mayo, 2008 a las 7:23 pm #351714
david73ParticipanteOk Cr, muchas gracias.
Un saludo.
14 mayo, 2008 a las 3:18 pm #351715
ranma1ParticipanteAlgo relacionado con el tema:
Real Decreto 438/2008
Artículo 17. Ministerio de Igualdad.1. El Ministerio de Igualdad se estructura en los siguientes órganos directivos:
a) La Subsecretaría de Igualdad, de la que depende la Secretaría General Técnica.
b) La Secretaría General de Políticas de Igualdad, con rango de subsecretaría, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Delegación del Gobierno para la Violencia de Género, que asume las competencias de la suprimida Delegación Especial del Gobierno contra la Violencia sobre la Mujer.
2.º La Dirección General para la Igualdad en el Empleo, a la que corresponde el desarrollo de las políticas de igualdad en materia de empleo.
3.º La Dirección General contra la Discriminación, a la que corresponde el desarrollo de las políticas de lucha contra la discriminación por razón de género.2.Se adscriben a la Subsecretaría de Igualdad, el Instituto de la Juventud y el Consejo de la Juventud de España.
3.Se adscriben a la Secretaría General de Políticas de Igualdad el Instituto de la Mujer y el Consejo de Participación de la Mujer.
4. Se suprime la Delegación Especial del Gobierno contra la Violencia sobre la Mujer.
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