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Duda Tema 13

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 7 entradas - de la 1 a la 7 (de un total de 7)
  • Autor
    Entradas
  • #351709
    david73
    Participante

    En la página 26 del tema 13, párrafos 3 y 5, dice acerca del distintivo para las empresas en materia de igualdad:
    “El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales …”
    ¿Este Ministerio sería el nuevo Ministerio de Trabajo e Inmigración?
    Gracias y saludos.

    P.D.: Mucho ánimo compañeros.

    #351710
    Academia Opositas
    Participante

    Hola David73:
    efectivamente, ahora el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ha sido renombrado como Ministerio de Trabajo e Inmigración.
    Respecto a dicho distintivo, entendemos que ahora lo otorga el Ministerio de Igualdad pero no tenemos legislación aplicable todavía al respecto.
    Estaremos atentos.
    Un saludo

    #351711
    david73
    Participante

    Entonces, si nos preguntasen acerca del distintivo la respuesta correcta sería el Ministerio de Igualdad, ¿verdad?
    Y, sobre quién hace el seguimiento para que se cumplan las medidas acordadas en la reunión de 4 de marzo de 2005, ¿también sería el Ministerio de Igualdad? En el temario (página 34) dice que sería el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, a través de la Secretaría General de Políticas de Igualdad.
    Muchas gracias y un saludo Cr.

    #351712
    david73
    Participante

    Hola Cr, lo subo por si no has visto mis segundas preguntas sobre este tema. Gracias.
    Un saludo.

    #351713
    Academia Opositas
    Participante

    Hola de nuevo, David73:
    efectivamente, así debemos entender el seguimiento. He buscado alguna legislación o disposición que nos lo pueda concretar pero ahora es todo demasiado nuevo.
    Habrá que tenerlo en cuenta en el examen oficial para “jugar” con los ministerios según las respuestas que nos ofrezcan.
    Un saludo

    #351714
    david73
    Participante

    Ok Cr, muchas gracias.

    Un saludo.

    #351715
    ranma1
    Participante

    Algo relacionado con el tema:

    Real Decreto 438/2008
    Artículo 17. Ministerio de Igualdad.

    1. El Ministerio de Igualdad se estructura en los siguientes órganos directivos:
    a) La Subsecretaría de Igualdad, de la que depende la Secretaría General Técnica.
    b) La Secretaría General de Políticas de Igualdad, con rango de subsecretaría, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
    1.º La Delegación del Gobierno para la Violencia de Género, que asume las competencias de la suprimida Delegación Especial del Gobierno contra la Violencia sobre la Mujer.
    2.º La Dirección General para la Igualdad en el Empleo, a la que corresponde el desarrollo de las políticas de igualdad en materia de empleo.
    3.º La Dirección General contra la Discriminación, a la que corresponde el desarrollo de las políticas de lucha contra la discriminación por razón de género.

    2.Se adscriben a la Subsecretaría de Igualdad, el Instituto de la Juventud y el Consejo de la Juventud de España.

    3.Se adscriben a la Secretaría General de Políticas de Igualdad el Instituto de la Mujer y el Consejo de Participación de la Mujer.

    4. Se suprime la Delegación Especial del Gobierno contra la Violencia sobre la Mujer.

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