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duda sobre los reglamentos

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Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • Autor
    Entradas
  • #342144
    Academia Opositas
    Participante

    Bueno, os comento otra duda más (qué pesado soy). Según la Ley del Gobierno, el ejercicio de la potestad reglamentaria corresponde al Gobierno. Pero dentro del gobierno, quién concretamente puede aprobar reglamentos? El Consejo de Ministros ya sé que sí, y el presidente del gobierno también, pero los ministros, pueden aprobar reglamentos mediante orden ministerial? Si es así, en qué se diferencian los reglamentos de los ministros de los del consejo de ministros? Los reglamentos del consejo de ministros requieren de la previa aprobación de un proyecto de reglamento, que tiene su origen en el departamento ministerial correspondiente, pero los reglamentos de los ministros, tienen algún trámite o los aprueba el ministro por las buenas?
    Saludos 😛

    #342145
    epa2
    Participante

    hola guille,,

    pues rizando el rizo, creo que los reglamentos de los ministros son presentados a él por una oficina o bien por la subsecretaría,,,

    pero vamos, tienen tambien un procedimiento parecido al del consejo..

    no obstante,,,, no estoy muy seguro de ello….

    nos vemos pronto, prontitoooooo

    #342146
    gestion
    Participante

    Hola, creo qu el art. 23 y 24 y 25 d ela ley del gobierno da solucion a esa pregunta que realizais.
    A ver que dicen los adminstradors.

    #342147
    Academia Opositas
    Participante

    Mis dudas surgieron a raíz de leer la ley de gobierno… sobre todo con respecto a los ministros, los decretos del presidente y del consejo están claros, pero los ministros no sé si aprueban los reglamentos por orden ministerial, no sé cual es el procedimiento de elaboración y si son jerárquicamente inferiores a los del consejo/presidente (aunque si me preguntaran en un examen diría que sí).

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