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Foros OPOSITAS

Duda sobre incompatibilidades

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #334176
    Academia Opositas
    Participante

    Siguiendo mi tónica de hoy, es decir, estar no muy fina…. ahí va otra duda:

    ¿A quién le corresponde declarar las incompatibilidades?

    Gracias…

    #334177
    famara
    Participante

    Según el artículo 9 de la Ley 53/1984 de 26 de diciembre de Incompatibilidades: “La autorización o denegación de compatibilidad para un segundo puesto o actividad en el sector público corresponde al Ministerio de Administraciones Públicas, a propuesta de la Subsecretaría del Departamento correspondiente, al órgano competente de la Comunidad Autónoma o al pleno de la corporación local a que figure adscrito el puesto principal, previo informe, en su caso, de los directores de los organismos, entes y empresas públicas.
    Dicha autorización requiere además el previo informe favorable del órgano competente de la Comunidad Autónoma o pleno de la corporación local, conforme a la adscripción del segundo puesto. Si los dos puestos correspondieran a la Administración del Estado, emitir este informe la Subsecretaría del Departamento al que corresponda el segundo puesto.”
    Y el artículo 17 añade que :”. Los delegados del Gobierno en las comunidades autónomas, en relación al personal de los servicios periféricos de ámbito regional, y los gobernadores civiles respecto al de los servicios periféricos provinciales, ejercerán las facultades que esta Ley atribuye a los subsecretarios de los departamentos respecto del personal de la administración civil del estado y sus organismos autónomos y de la seguridad social”.

    #334178
    Academia Opositas
    Participante

    Muchas gracias famara por contestar…. Era eso lo que quería
    😀

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  • El foro ‘Administración General del Estado – Auxiliares Administrativos’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

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