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Duda reforma constitucional

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #362896
    ateneapbp
    Participante

    Buenas tardes:
    Me ha surgido una duda sobre la reforma constitucional cuando estaba revisando el tema. He encontrado una nota en un libro de hace unos años en la que puse que el referendum del artículo 167 no es vinculante. La verdad me ha resultado un poco chirriante y por eso quería verificar si es así o si se me coló el “no”, ya hace tanto tiempo de aquellas clases que no lo recuerdo.
    Gracias

    #362897
    tutor-age2
    Participante

    Buenas tardes.

    El referéndum que se lleva a cabo en la reforma del artículo 167 de la Constitución Española es vinculante.

    Ya aprovecho para recordaros las principales características o requisitos de esta reforma de la CE:

    – Aprobación de la reforma por [color=blue]mayoría de tres quintos[/color] del Congreso y del Senado.
    – En el caso de [b]desacuerdo[/b] entre las Cámaras, creación de una [color=blue]Comisión[/color] de composición paritaria de diputados y de senadores.
    – Establecimiento de un procedimiento especial para solucionar un nuevo desacuerdo entre las Cámaras sobre el texto elaborado por la Comisión paritaria.
    – [color=blue]Ratificación de la reforma por referéndum[/color], sólo en el caso de que sea solicitado por una [b]décima parte[/b] de los miembros de cualquiera de las
    Cámaras.

    Debemos de cuidar las diferencias entre el procedimiento de reforma del artículo 167 y 168 y, saber a cuál nos estamos haciendo referencia cuando nombramos cada uno de los artículos, reforma ordinaria y reforma extraordinaria, respectivamente.

    Un saludo.

Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
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