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27 junio, 2004 a las 4:21 pm #334001manolo9Participante
Hola.
Mi duda es si es lo mismo es “en el plazo de 5 días” o “dentro del quinto día”. En la LEC aparecen ambas cosas y yo no tengo claro si es lo mismo o haciendo este matiz quiere indicar cosas diferentes.
También dudo si los días se cuentan igual en ambos casos. Es decir, si te notifican el día 10 y tienes un plazo de 5 días se empieza a contar desde el día siguiente 11. Y si es dentro del quinto día, ¿se incluye en el cómputo el mismo día 10?
Ya me direis.
Saludos.27 junio, 2004 a las 7:43 pm #334002Academia OpositasParticipanteHola manolo9. Yo entiendo que si tienes un plazo de 5 días, significa que en cualquiera de esos 5 días puede realizarse el acto o notificación de que se trate y si es dentro del quinto día, parece dar a entender que sólo podrá realizarse dentro de ese quinto día pero me parece un poco raro. Puede que las dos cosas se refieran a lo mismo y utilicen una expresión u otra indistintamente. De todos modos, según lo que yo sé, se empiezan a contar los plazo a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o acto de que se trate. A ver si alguien más nos da su opinión. Un saludo. 😉
27 junio, 2004 a las 8:04 pm #334003AnónimoInvitadoHola a los dos. Intento ofrecer mi opinión al respecto.
Para empezar, ya se trate de término o de plazo, comienza a computarse al día hábil siguientes a aquél en que se practique la notificación…, conforme a lo dispuesto en el Código Civil, al que remite la L.O. 6/85 de 1 de Julio del Poder Judicial.-Se viene admitiendo que,
TÉRMINO: Momento concreto en que ha de practicarse una determinada actuación judicial.-
PLAZO: Período de tiempo del que se dispone para realizar una actividad procesal.-En cualquier caso en ocasiones las leyes procesales considero que usan ambos conceptos sin tener en cuenta lo que antes comentaba; creo que lo fundamental es que “cuideis” las expresiones que en cada caso se usa.
Espero vuestros comentarios si los considerais necesarios.
Saludos.
27 junio, 2004 a las 10:57 pm #334004manolo9ParticipantePues yo pienso como Selene. Interpreto que si dice que dentro del quinto día pues debe realizarlo concretamente en ese mismo día, aunque creo que en realidad es una situación irreal y poco lógica. Realmente no se que pasará en un Juzgado cuando se debe cumplir lo de dentro del quinto día.
Creo que es un tema sobre el papel fácil pero que no se como será en la práctica. Es decir, que lo que realmente importa es que el día del examen te preguntan un artículo concreto y se debe contestar si dentro del quinto día o en el plazo de 5 días.
Veremos.
Saludos. -
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