Bueno pués ahí va la cuestión, el Plan Concilia introduce una serie de novedades en el tema de la excedencia por cuidado de hijos y familiares hasta el segunda grado de consanguineidad, ampliando hasta tres años el límite máximo de excedencia, los dos primeros con reserva de puesto de trabajo, hasta ahí todo bien, pero mi pregunta es ¿Estas modificaciones son efectivas desde la entrada en vigor del plan concilia, o está pendiente de modificar la normativa que regula esto!!! O sea si un funcionario solicita ahora mismo una excedencia para el cuidado de un familiar se le concederá un año máximo o podrán concedersele tres como máximo!!!
Bueno creo que me he explicado bien!! a ver quien puede contestarme, gracias saludosssssssssssss!!!!!!