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En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 5 entradas - de la 1 a la 5 (de un total de 5)
  • Autor
    Entradas
  • #333575
    Academia Opositas
    Participante

    Tengo una duda, A ver si podeis ayudarme.
    El tema 17 Pág. 8 de v. temario) sobre retribuciones básicas:Sueldo,trienios pagas extraordinarias y…. el 40% del complemento de destino? podeis mirarlo pòr favor? Gracias 😉

    #333576
    Ju
    Participante

    Hola Ginebra2:
    Las retribuciones básicas son efectivamente el sueldo, los trienios y las pagas extraordinarias,
    ahora bien, en las pagas extraordinarias y a partir de este año además del sueldo y los trienios se añade el 40% del complemento de destino.
    Próximamente subiremos la actualización al temario.
    Un saludo

    #333577
    Academia Opositas
    Participante

    ¿entonces no se considera el 40% este como retribuciones básicas?. ó estaría dentro de las pagas extraordinarias? ❓

    #333578
    Ju
    Participante

    Efectivamente, estaría dentro de las pagas extraordinarias, el Complemento de destino como tal es una retribución complementaria.
    La Resolución de 2 de enero de 2004 de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos modificada por Resolución de 24 de marzo dice:
    1.2. Con efectos económicos de 1 de enero del año 2004 los funcionarios públicos que desempeñen puestos de trabajo para los que el Gobierno ha aprobado la aplicación del régimen retributivo previsto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, percibirán las retribuciones básicas y el complemento de destino en las cuantías que se detallan en los Anexos IV.a, IV.b y V de la presente Resolución.

    Las pagas extraordinarias de los funcionarios en servicio activo, a los que resulte de aplicación el régimen retributivo de la citada Ley 30/1984, tendrán un importe, cada una de ellas de una mensualidad de sueldo y trienios y un 40 por 100 del complemento de destino mensual que perciba, cuya cuantía se señala en el Anexo IV.b.

    Saludos

    #333579
    Academia Opositas
    Participante

    Gracias por tu aclaración.

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