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Duda de EBEP

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • Autor
    Entradas
  • #350902
    cristinagp
    Participante

    Hola a todos!!!!
    Tengo una duda sobre el EBEP, es la siguiente:
    cuando los padres tienen que desplazarse al pais de origen para adopción internacional,cuanto tiempo tienen derecho, 2 o 3 meses, recibiendo las retribuiones básicas.
    Un saludo

    #350903
    Anónimo
    Inactivo

    Hola Cristinagp:

    pues si no me equivoco son 2 meses.

    Un saludo

    #350904
    Academia Opositas
    Participante

    Efectivamente, así lo establece el artículo 49.b del EBEP:

    [i]”Si fuera necesario el desplazamiento previo de los progenitores al país de origen del adoptado, en los casos de adopción o acogimiento internacional, se tendrá derecho, además, a un permiso de hasta dos meses de duración, percibiendo durante este periodo exclusivamente las retribuciones básicas”[/i]

    Ten en cuenta que nos indica “además” es decir que son dos meses a sumar al resto de permisos.

    Un saludo

    #350905
    cristinagp
    Participante

    Muchas Gracias,
    Un saludo

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