Foros OPOSITAS

Duda Constitucional

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

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    Academia Opositas
    Participante

    Una compañera nos ha dejado una duda a través del e-mail, nos preguntaba las diferencias y competencias del CGPJ y del Tribunal Supremo.

    [b]Respuesta[/b]:
    El CGPJ es el órgano de gobierno de los jueces y magistrados ( no entra dentro de los juzgados y tribunales españoles), y el Tribunal Supremos es el órgano jurisdiccional superior en España. El consejo general del poder judicial no tiene carácter jurisdiccional, esa actividad está reservada constitucionalmente a los Jueces y Tribunales. Es el que decide los nombramientos, ascensos, traslados y todo lo relativo a los jueces y magistrados.
    El Tribunal Supremo tiene sus competencias recogidas en la Ley Orgánica del Poder Judicial (Art 53 a 61 sexies de la misma), la ley establece los temas que puede enjuiciar, las salas que tiene y las jurisdicciones.
    Son dos órganos diferentes, con la única excepción que el presidente del Tribunal Supremo es el presidente del Consejo General del Poder Judicial.

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  • El foro ‘Administración General del Estado – Auxiliares Administrativos’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

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