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1 diciembre, 2005 a las 12:10 pm #342221
epa2
ParticipanteHola compis, era una duda que tengo con el cupo de minusvalidos, como funciona eso.
resulta que esta mañana casualmente he conocido a un compi que ha aprobado age este año por los pelos, (está el mil y pico me ha dicho)
resulta que me ha dicho que como es lógico tiene pensado echar tambien para málaga, igual que yo…
mi duda es la siguiente:
¿al presentarse el por el cupo de minusvalidos es posible que tenga prioridad en la elección de destinos por delante mía a pesar de yo tener nota mejor???
es que no sé bien como funciona eso..
bueno, ale,,,
a seguir estudiando, que el examen para el 2006 que ya vereis como pasan los meses sin daros apenas cuenta…nos vemos por la feria del tocinooooooooo
1 diciembre, 2005 a las 12:52 pm #342222Academia Opositas
ParticipanteHola epa 😀
No lo sé con seguridad pero NO TODOS los minusválidos tienen preferencia para elegir destino, sólo se pueden anteponer si tienen causa justificada, pero, ¿cuáles son exactamente esas causas? jeje, ya no lo sé…
A ver si alguien nos da más pistas
Saludines
1 diciembre, 2005 a las 12:57 pm #342223Academia Opositas
Participanteyo creo que las causas son que sea totalmente indispensable que residan en su ciudad, ya porque no se pueda valer por si solos o por cualquier otro motivo, pero para eso estara el tribunal que sea el que lo determine (tribunal medico)
saludossss4 diciembre, 2005 a las 11:18 am #342224Academia Opositas
ParticipanteLa preferencia de destino es por orden de puntuación.
Se juntan el turno de minusválidos y el General, y dependiendo de la nota que haya tenido el que se haya presentado por minúsvalido,podrá elegir.
Si el de turno general tiene más puntuación que tu amigo, tú podrás elegir destino.
Salvo excepciones justificadas, por motivos realmente necesarios por su minusvalía podrá tener preferencia, pero esto ya es muy difícil, debe ser real y justificado por el INSSORM o el organismo correspondiente en la CCAA.
–Con total seguridad es así—
P.D.: su minusvalía no es importante, en referencia a que no necesite adecuación del puesto de trabajo u otras necesidades, tendrá que ajustarse al orden de puntuación de en el que haya quedado en el proceso selectivo.4 diciembre, 2005 a las 7:05 pm #342225epa2
Participanteahh, vale, vale, ahora lo entiendo mejor…
es que como que me había quedado algo raro con este tema….
okis, gracias de nuevo compis…
nos vemos pronto, prontitoooooooo
y suerte con los destinos….
7 diciembre, 2005 a las 2:33 pm #342226epa2
Participantehola de nuevo compis,,,
me han comentado que el R.D. 2271/2004 de 3 de diciembre, regula este tema, quiero decir,,,l el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.
tambien está aquí
[url:1yaq2yh0]http://www.infouma.uma.es/normativa/pasypdi/comun/rd2271-2004.htm[/url]
a ver que dice y me lo leo y me saca de dudas…
hasta ahoraaaaaaaaaaaaaa
7 diciembre, 2005 a las 2:34 pm #342227epa2
Participante😯 😯 😯 😯 😯 😯 😯 😯 😯
[quote]
Artículo 9. Adjudicación de puestos de trabajo.
Una vez superado el proceso selectivo, las personas que ingresen en cuerpos o escalas de funcionarios o categorías de personal laboral de la Administración General del Estado y hayan sido admitidos en la convocatoria ordinaria con plazas reservadas para personas con discapacidad podrán solicitar al órgano convocante la alteración del orden de prelación para la elección de las plazas dentro del ámbito territorial que se determine en la convocatoria, por motivos de dependencia personal, dificultades de desplazamiento u otras análogas, que deberán ser debidamente acreditados. El órgano convocante decidirá dicha alteración cuando se encuentre debidamente justificado, y deberá limitarse a realizar la mínima modificación en el orden de prelación necesaria para posibilitar el acceso al puesto de la persona discapacitada.[/quote]
en fin, es la ley, y ante la ley,,,, hay que cumplirla….
nos vemos pronto, prontitooooooo
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