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En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 6 entradas - de la 1 a la 6 (de un total de 6)
  • Autor
    Entradas
  • #341871
    Academia Opositas
    Participante

    Hola a tod@s:
    Ya estamos aquí de nuevo a ver si este año ya es el nuestro, para los que no hemos conseguido aprobar el segundo examen.Pero bueno lo dicho a ver si este año es el nuestro… 😉
    Como estoy repasando la Constitución me ha surgido una duda, el art. 30 Ce es susceptible de recurso de amparo según la propia CE, pero como se refiere al servicio militar y la prestación social sustitutoria me surge la duda si sigue estando en vigor este precepto.
    A ver si me podeis ayudar.
    Gracias y un saludo. 😉

    #341872
    Academia Opositas
    Participante

    Si te preguntan si el recurso de amparo se puede aplicar al artículo 30, tendrías k contestar k sí, puesto k lo dice la C.E. y no se ha modificado en ese aspecto.

    Hoy en día no existe el servicio militar y lógicamente sería un poco tonto recurrir en amparo por ese motivo. Como sabes en artículo 30 dice algo así como k las obligaciones militares de los españoles serán reguladas por ley y es por eso por lo k se pudo abolir la mili sin reformar la Constitución.

    En resumen, k si en un test te preguntan los artículos k se pueden recurrir en amparo en el caso de k sean vulnerados, tienes k incluir el art. 30 sin dudar(objección de conciencia). Eso es lo k tienes k saber de cara al examen, aunke la realidad tenga otro matiz.

    No sé si me he explicado bien o me he hecho un lío 🙂

    #341873
    Academia Opositas
    Participante

    Estoy de acuerdo con que hay que incluir la objeción de conciencia para el servicio militar (dice que será regulado por ley, si ésta ha eliminado el servicio militar no significa que no esté contemplado el caso en la CE, que es lo que preguntan) para el recurso de amparo, pero matizando que el artículo que se [b]incluye es el 30.2, no todo el artículo 30[/b], puede que “hilen fino” y tenga que ser concretamente ésta respuesta…

    Un saludo

    #341874
    Academia Opositas
    Participante

    Gracias por la respuesta, me imaginaba algo así pero no estaba del todo segura.
    Gracias de nuevo y un saludo. 😉

    #341875
    Academia Opositas
    Participante

    salamar tiene razón, no todo el artículo 30 es susceptible de recurso de amparo, sólo el 30.2

    #341876
    Academia Opositas
    Participante

    De acuerdo en que es el 30.2, pero hacer un inciso, lo del servicio militar obligatorio simplemente está suspendido, con lo cual es totalmente valido el art. de la C.E., pues en cualquier momento puede volver a ponerlo como obligatorio.

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