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En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #357391
    Andy
    Participante

    Hola a todos, ¿alguien me puede aclarar estas dos dudas?

    1.- El plazo para interponer el recurso de amparo constitucional será de los……….siguientes a la notificación de la resolución recaída en el previo proceso judicial.

    Según la respuesta son 20 días
    Yo tengo entendido que son 3 meses

    2.-El Centro de InformaciónAdministrativa:
    Es una unidad integrada en la Subdirección Gral. de Simplificación _Administrativa y programas de atención al ciudadano de la Dirección General de Modernización Administrativa. Si es así ¿Pertenece actualmente al Ministerio de la Presidencia?

    En otros test me dice que Depende de la Secretaría de Estado para la Función Pública, a través de la Dirección General para el Impulso de la Administración Electrónica.
    Por favor¿Cuál es correcta?

    Según la nueva estructura del Gobierno todo lo que pertenecía al MAP ahora lo es del Ministerio de la Presidencia, ¿Hay otros cambios?

    Ánimo a todos que ya queda menos
    [/u]

    #357392
    Ele1
    Participante

    Hola Andy!
    Voy a intentar ayudarte en tu 1ª cuestión.
    Ambas son correctas, pero según a que disposiciones se refieran. Verás:
    -En el caso de Decisiones firmes de las C.G. o CC.AA., el plazo para interponerlo será de 3 meses desde que sean firmes, pero…
    -En el caso de Disposiciones, actos jurídicos, órganos ejecutivos colegiados de las CC.AA., una vez agotada la vía Judicial, el plazo para interponer el Recurso, será de 20 días, a partir de la notificación de la resolución en el previo proceso Judicial.
    Por lo que, en este caso, y según la interpretación de la pregunta, el plazo para interponer el recurso de amparo será de 20 días.

    Respecto a la segunda pregunta, el Centro de Información Administrativa se ordena jerárquicamente debajo de la Subdirección General de Innovación y Programas de Atención al ciudadano, éste, a su vez depende directamente de la Dirección General para el impulso de la Admón electrónica. Si esta última está por debajo de la Secretaría de Estado para la Función Pública, podemos decir que efectivamente, el Centro de Información Admtva. depende del Ministerio de la Presidencia.
    O al menos así lo tengo entendido.
    Un saludo.

    #357393
    Academia Opositas
    Participante

    Hola Andy y Ele1:
    Ele1, estás en lo cierto por lo que tus dos respuestas son correctas.

    Muchas gracias por tu ayuda en el foro.
    Un saludo

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