Hola Hermes,
En primer lugar gracias por usar los foros de [url=http://www.opositas.com]www.opositas.com[/url]
Te transcribo el art. 20-1-b de la Ley de Bases de Régimen Local, donde tienes respuesta a la duda que planteas.
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La Junta de Gobierno Local existe en todos los municipios con población superior a 5.000 habitantes y en los de menos, cuando así lo disponga su Reglamento Orgánico o así lo acuerde el Pleno de su ayuntamiento
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Saludos y os recordamos que en [url=http://www.opositas.com]www.opositas.com[/url] disponeis de abundante material para la preparación de este y otros procesos selectivos.
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