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Foros OPOSITAS

Delegación de competencias art13

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 6 entradas - de la 1 a la 6 (de un total de 6)
  • Autor
    Entradas
  • #353566
    Academia Opositas
    Participante

    ¡Holas!
    En el artículo13.3 Ley 30/1992 de 26 de noviembre:

    “las delegaciones de competencias y su revocación debrán publicarse en el Boletín Oficial del Estado, en el de la Comunidad Autónoma en el de la Provincia, según al Administración a que pertenezca el órgano delegante, y el ámbito territorial de competencia de éste”

    1)Una diputación delega una competencia en un ayuntamiento ¿Dónde se publica el acuerdo de delegación?
    2)Una comunidad autónoma delega una competencia en una diputación.¿dónde se publica el acuerdo de delegación?

    Saludos y gracias

    #353567
    carso
    Participante

    weno asi a priori yo diria que en la cuestion 1
    se publicaría en el boletin provincial y en la
    cuestion 2 sería en boletin de la ccaa

    pero no se si estoi en lo cierto
    un saludo

    #353568
    Academia Opositas
    Participante

    Hola Achaira:
    lo que te indica Carso es correcto. Es el ámbito del órgano delegante el que determina dónde se va a publicar.
    Un saludo

    #353569
    jab
    Participante

    Se publicará en el ´Boletín oficial del órgano delegante, es correcto
    saludosssss

    #353570
    Academia Opositas
    Participante

    Es correcta la respuesta que ha dado carso. Se publica en el Boletín Oficial que corresponda al órgano delegante.
    Recordaros que contra el acuerdo de delegación de competencias no cabe recurso y que esos actos se atribuyen al órgano delegante, que además podrá revocar la delegación en cualquier momento.

    Es un artículo importante y en años anteriores ha habido preguntas sobre él.

    Con permiso de CR, intentaré estar por aquí ayudando a los que ahora intentais aprobar la oposición.

    ¿me lo permites profe?

    #353571
    Academia Opositas
    Participante

    Hola Intento_age:
    sin duda, es todo un placer que un ex-alumno aprobado se acuerde de los foros de Opositas.
    Siempre hemos dicho que vuestra colaboración es imprescindible porque sois la experiencia pasada de los actuales alumnos.
    Vuestra ayuda es muy importante para Opositas.
    Un saludo

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