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¿De quién depende un director insular?

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Viendo 5 entradas - de la 1 a la 5 (de un total de 5)
  • Autor
    Entradas
  • #336905
    epa2
    Participante

    Hola compis,,,

    realizando el test de lofage, en la pregunta número 8

    [quote]
    Los Directores Insulares dependen jerárquicamente del:
    a) Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma
    b) Subdelegado del Gobierno en la Provincia
    c) a y b son correctas
    d) todas son falsas
    [/quote]

    se indica que la correcta es la C, y luego, repasando el artículo 30 de la lofage, da la razón a la plantilla, mi duda es la siguiente…

    suponiendo que en una provincia exista el subdelegado del gobierno y el director insular al mismo tiempo…

    ¿qué rábanos hace entonces el director insular?, ¿rascarse el ombligo? 😆

    en fin….

    nos vemos pronto, prontito

    #336906
    Sokia1980
    Participante

    Hola de nuevo, calor es poco nos estamos derritiendo.

    No estoy segura de que sea correcto pero yo creo que el Director Insular depende del Delegado de Gobierno, ya que sería una especie de Subdelegado de Gobierno pero en las islas.

    🙄

    #336907
    grancapitan
    Participante

    Según el artículo 6.2 del r.d. 617/1997, el director insular depende del delegado del gobierno en la c.a., o del subdelegado del gobierno en la provincia, si existe éste.

    Saludos.

    #336908
    Academia Opositas
    Participante

    Estoy de acuerdo con vosotros, dependerá jerárquicamente del Delegado de Gobierno en la Comunidad o del Subdelegado de Gobierno en la provincia, cuando este cargo exista. Es verdad que el Director Insular ejerce las competencias atribuidas a los Subdelegados de Gobierno, pero en su respectivo ámbito competencial, es decir, según el RD 617/1997 en las islas de Menorca, Ibiza-Formentera, Lanzarote, Fuerteventura, La Palma, el Hierro y la Gomera.
    En la isla de Mallorca (capital de provincia), la competencia correspondería al Subdelegado (si existe, que no lo sé); lo mismo ocurriría en Gran Canaria y Tenerife, que también son capitales de provincia a efectos administrativos, si no me equivoco. Así que ambos cargos podrían coexistir perfectamente, sin que hubiera interferencia competencial entre ellos.
    Saludo2 a todos.

    #336909
    epa2
    Participante

    gracias a ambos por responder…

    pero el que los directores insulares dependan del delegado del gobierno o el subdelegado, es algo que la ley indica,,,

    mi duda era en caso de [color=red]coexistir[/color] un subdelegado y un director insular, ¿que competencias tiene este último???

    en fin, nos vemos pronto, prontito

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