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Foros OPOSITAS

Con respecto a la pregunta nº 43 EVENTUALES

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #340423
    epa2
    Participante

    buscando información, me he encontrado con esta pregunta que cayó en un examen oficial de la junta de andalucía..

    El personal eventual regulado en el art. 28 de la ley 6/1985 de ordenación de la función pública de la junta de andalucia, de 28 de noviembre:

    a) Será cesado libremente por el Viceconsejero de la Presidencia
    b) Será cesado libremente por el Presidente de la junta de andalucía, en cuyo caso será indemnizado.
    [b]c) Cesará automáticamente cuando cese la autoridad que lo nombró[/b]
    d) Será cesado por El Consejero que lo nombró, cuando cese él mismo.

    se da como correcta la opción C,

    sin comentarios

    😮

    nos vemos pronto, prontito

    #340424
    Academia Opositas
    Participante

    Hola

    Esta pregunta me mosquea 👿

    El art.20.2 de la ley 30/84 dice otra cosa pero bueno….todo el mundo tiene sus impugnaciones particulares, anque casi mejor q me quedo como estoy jeje

    Pásalo bien en Barcelona! 😉

    Hasta otraaa

Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • El foro ‘Administración General del Estado – Auxiliares Administrativos’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

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