Hola Mila. Este tema viene regulado en el Real Decreto 670/1999, de 23 de abril sobre Simplicación Administrativa y en el Real Decreto 263/1996, de 16 de febrero, sobre uso de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración General del Estado. También viene algo en la Ley 30/1992 (art. 45).
El segundo R.D. lo tienes en esta página, en la zona de Descargas/Legislación. El otro lo tienes aquí:
[url=http://www.igsap.map.es/cia/dispo/16234.htm]http://www.igsap.map.es/cia/dispo/16234.htm[/url]
Un saludo. 🙂