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En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #365185
    IsaIsa
    Participante

    Buenas tardes, siempre tengo confusión con éste articulo.

    A ver el personal directivo profesional, se encuentra dentro del titulo II ( personal al servicio de las AA.PP), y mi pregunta es:

    Este personal, en ningun caso se considera ni empleado publico, ni funcionario??

    O sea, está dentro de éste titulo, pero aunque su designacion tenga los principios de merito, capacidad y criterios de idoneidad…. me tengo que olvidar, que pueda pertenecer al grupo de funcionarios??

    Me hago un cacao monumetal.

    #365186
    tutor-age1
    Participante

    Hola Isa, efectivamente el personal directivo profesional no tiene la consideración ni de funcionario ni de empleado público, esta figura se debe desarrollar legislativamente e intenta introducir en la Administración la figura del directivo o ejecutivo, sin llegar a la consideración de Alto Cargo, pero lo importante cara al examen es que NO son empleados públicos.
    un saludo.

    #365187
    IsaIsa
    Participante

    Gracias por la aclaración.
    Un saludo y buen finde¡¡

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
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