Buenas tardes.
En la [b]VÍDEO-TUTORÍA – Constitución Española II. Título I[/b] (octubre 2020) alojada en la carpeta de [u]Grabaciones del Grupo Avanzado[/u] existe un comentario erróneo sobre el [[b]color=#ff8006]art. 14 de la CE[/color][/b] que quiero aclarar y que no nos dé lugar a error, pues este no es un derecho fundamental, tiene una situación singular en la estructura de la CE y como tal debe ser tratado así.
Recordamos la importancia de saber:
– Su localización dentro de la estructura de la CE (NO está dentro de la Sección 1ª del Capítulo II del Título I).
– Sus garantías dentro del artículo 53 de la CE.
– Su importancia tanto en la Ley de Igualdad como de Violencia de Género.
Un saludo.