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DUDAS DE UNA ALUMNA LEY DEL GOBIERNO & TREBEP

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #365002
    tutor-age1
    Participante

    Buenos días.

    Tengo una duda respecto al artículo 10 de la ley del gobierno.
    Dice que los miembros de los gabinetes realizan tareas de confianza y asesoramiento especial.
    Se puede decir que es personal eventual como dice el artículo 12 del TREBEP?
    Gracias.

    #365003
    tutor-age1
    Participante

    Buenas noches.

    Conforme a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley del Gobierno:

    [i]Los Gabinetes son órganos de apoyo político y técnico del Presidente del Gobierno, de los Vicepresidentes, de los Ministros y de los Secretarios de Estado. Los miembros de los Gabinetes realizan tareas de confianza y asesoramiento especial sin que en ningún caso puedan adoptar actos o resoluciones que correspondan legalmente a los órganos de la Administración General del Estado o de las organizaciones adscritas a ella, sin perjuicio de su asistencia o pertenencia a órganos colegiados que adopten decisiones administrativas.[/i]

    Los miembros de los gabinetes, efectivamente, son personal eventual, conforme a lo dispuesto en el artículo 12 del TREBEP:

    [b]Artículo 12. Personal eventual.[/b]

    1. Es personal eventual el que, en virtud de nombramiento y con carácter no permanente, sólo realiza funciones expresamente calificadas como de confianza o asesoramiento especial, siendo retribuido con cargo a los créditos presupuestarios consignados para este fin.

    ¿Duda aclarada?

    Un saludo.

    #365004
    Carolinamm87
    Participante

    Muchísimas gracias!! Duda resuelta?

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