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DUDA Supuesto practico nº 28

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #365276
    mixtty2
    Participante

    Muy buenas noches, corrigiendo el supuesto practico derecho administrativo nº 28 en pregunta 9 la respuesta d) no tendría que poner el 22 julio?

    porque seria el día siguiente una vez sea efectivo el silencio administrativo no?

    gracias y saludos

    #365277
    tutor-age1
    Participante

    Buenos días mixtty2, lo primero que tenemos que determinar es cuando se produce el silencio administrativo, teniendo en cuenta que la presentación de la solicitud es el día 20 de abril (pregunta nº 2 del supuesto) y repasando el artículo 30.4 de la Ley 30/2015 “Si el plazo se fija en meses o años, éstos se computarán a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el siguiente a aquel en que se produzca la estimación o desestimación por silencio administrativo.
    El plazo concluirá el mismo día en que se produjo la notificación, publicación o silencio administrativo en el mes o el año de vencimiento. Si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente a aquel en que comienza el cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.”
    Esto nos aclara que los plazos cuando se cuentan en meses son de fecha a fecha, por lo tanto el silencio se produce el día 20 de julio, por lo que a partir del día siguiente 21 de julio ya se podría interponer recurso.
    un saludo.

    #365278
    mixtty2
    Participante

    muchas gracias, ya me queda aclarado.

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