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Duda sobre TREBEP y su disposición derogatoria única

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Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
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  • #364682
    Academia Opositas
    Participante

    Hola,

    No estoy segura sobre si la disposición derogatoria única de TREBEP se aplica de forma efectiva o no. Entre otros, TREBEP deroga varios artículos de la 30/1984. ¿Están derogados a todos los efectos? La misma disposición refiere a que quedan derogados [b]con el alcance establecido en el apartado 2 de la disposición final cuarta[/b]. He aquí el lío.

    ¿Qué dice la disposición final cuarta, apartado 2 de TREBEP? Pues lo que sigue:

    [i][b]Hasta que se dicten las leyes de Función Pública y las normas reglamentarias de desarrollo se mantendrán en vigor en cada Administración Pública las normas vigentes sobre ordenación, planificación y gestión de recursos humanos en tanto no se opongan a lo establecido en este Estatuto[/b].
    [/i]

    De aquí pareciera entenderse que en realidad esos artículos derogados en la disposición derogatoria única, y por tanto los de la 30/1984, siguen en vigor mientras no sean artículos que se opongan claramente al TREBEP. ¿Es esta interpretación correcta?

    A modo de ejemplo, el artículo 29.2 de la 30/1984 dice, entre otras cosas, lo siguiente sobre los funcionarios que pasarán a servicios especiales:

    [i]”Cuando presten servicio en los Gabinetes de la Presidencia del Gobierno, de los Ministros y de los Secretarios de Estado y no opten por permanecer en la situación de servicio activo en su Administración de origen.”

    [/i]Bien… ¿significa entonces, que sigue vigente este caso de posibilidad de elección del funcionario entre servicio activo o servicios especiales, así como los otros artículos a los que afectaría la derogación de TREBEP, ya que no están invalidando directamente nada de lo que dice TREBEP?

    Un saludo.

    #364683
    tutor-age1
    Participante

    Hola Alba, la verdad que esta es una situación compleja, porque ya llevamos varios años y no se terminan de legislar las normas que desarrollen las Leyes de Función Pública.
    La exposición que haces en tu planteamiento es correcto, creo que has captado bien la idea, sólo añadir por mi parte que todos estos artículos que están derogados, pero que continúan surtiendo efectos hasta el desarrollo de dichas leyes de función pública, lo harán, siempre y cuando NO SE OPONGAN a lo que establece el TREBEP.
    Un saludo.

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