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Duda del CASO – Procedimiento sancionador (I). Unidad Tutorial 10
En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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no entiendo por que la respuesta correcta a la pregunta número 1 es la a, ¿la notificación no se debería realizar en el plazo de 10 días desde que se adopte la resolución?
1.¿Es correcta la notificación de la Resolución sancionadora?
a) Sí.
b) No.
c) La notificación de la Resolución sancionadora debió cursarse una vez que hubiera
transcurrido el plazo de diez días desde que se dictó.
d) No, ya que debió notificarse en el plazo de 10 días.
El que la notificación de un acto administrativo deba realizarse en los diez días siguientes a la emisión del mismo, tal y como dice la Ley 39, el incumplimiento de dicho plazo no supone ninguna causa de nulidad absoluta o anulabilidad, sino que se trata de una mera irregularidad no invalidante, como así lo denomina la doctrina, que no afecta a la validez del acto administrativo.
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