Hola
Este asunto es el resultado de una mala praxis legislativa y desarrollo reglamentario, así pues, hay que estar pendiente de la formulación de las preguntas que nos pudiesen realizar en examen, si no nos dan ninguna referencia legislativa en el enunciado de la pregunta o aparece en el supuesto práctico, siempre respondemos:
– Solicitudes de autorización de compatibilidad para una segunda actividad en el sector público: [b]CUATRO MESES[/b]
– Solicitudes de reconocimiento de compatibilidad para actividades privadas: [b]TRES MESES[/b]
En caso de que nos hagan expresa referencia al artículo 14 de la Ley 53/84 para una segunda actividad en el sector privado o al artículo 5 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril para segunda actividad en el sector público, tendríamos que responder en como tu indicas en tu últimos supuesto.
Un saludo