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19 marzo, 2018 a las 8:02 pm #364076
Maria Puertollano
Participante1.- Las normas de abajo indican distintas personas. Cual es la correcta o la que prevalece?
[u]Ley 40/15 RD 2169 RD 364/95[/u]
Libre Designación (L40/15)Subsecret (RD2169) Ministro o S.Estado
Convocar concursos (L40/15)Subsecret (RD2169)Ministro (RD364/95)S.Estado Función Publica
Aprobar OEP (L40)Gobierno (RD2169)Min.Presidencia
2.- En relación a la selección y provisión de ptos de trabajo, el RD 364/95 en art.9 dice que: “Los Dptos a los que figuren adscritos los cuerpos.escalas convocarán los procesos selectivos previo informe favorable del Dir.General F.Publica, pero según la ley 40/15, el Subsecretario (art.63) Tiene competencia para convocar y resolver procesos selectivos, no obstante la convocatoria del Turno Libre de Advo del Estado del 2017 está firmada por la Secretaria de Estado.
La Competencia es de la S.Estado porque estos puestos dependen de ella?
Si es así, por que en la ley 40 no indica que es competencia de esta, sino del Subsecretario?
19 marzo, 2018 a las 11:10 pm #364077tutor-age1
ParticipanteBuenas noches,
Te explico..
En relación a la primera pregunta al tener la Ley 40/2015 rango de ley, lo establecido en ella tiene mayor jerarquía que lo establecido en una norma de rango reglamentario, por lo que aplicaremos la Ley 40/2015.
Por otro lado el ART 13 RD 769/2017, de 28 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Función Pública y se modifica el Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, establece que es competencia de la Secretaria de Estado de Función Pública:
La convocatoria de pruebas selectivas para el acceso o integración en los cuerpos y escalas de carácter interdepartamental adscritos a la Secretaría de Estado de Función Pública.
A su vez, la Ley 40/2015 dice que son competencias, entre otras, de los Subsecretarios:
Convocar y resolver pruebas selectivas de personal funcionario y laboral.
Por tanto, al tratarse el Cuerpo de Administrativos de un cuerpo interdepartamental es la Secretaría de Estado de Función Pública la competente para la convocatoria de los procesos selectivos.
Saludos
20 marzo, 2018 a las 8:44 am #364078Maria Puertollano
ParticipanteOk clarísimo !!
Gracias -
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