Buenas noches, como recordareis en la clase del lunes 19 correspondiente al tema 5 de personal se quedó pendiente el tema de los niveles mínimos que se aplican en AGE, aquí lo tenéis.
Por Acuerdo del Consejo de Ministros de 12 de junio de 1998 y con efectos desde el 1 de enero de ese mismo año, se modificaron los niveles mínimos que se incluirán en las RPT y quedarán de la siguiente manera:
GRUPO A 22
GRUPO B 18
GRUPO C 14
GRUPO D 12
GRUPO E 10
Os reitero que estos son niveles mínimos, por lo tanto los máximos continúan tal y como vienen en el RD 364/1995.
un saludo.