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Foros OPOSITAS

VACACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

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  • #292207
    pepeolmo
    Participante

    He aquí un pequeño trabajo por parte del STAJ.-
    Competencia del Ministerio o de las CCAA. A reseñar:
    Las Vacaciones serán de un mes natural o veintidós días hábiles, incrementándose en función de la antigüedad. Se disfrutarán dentro del año natural y hasta el 15 de enero del siguiente, en períodos mínimos de cinco días hábiles consecutivos. A estos efectos los sábados no se considerarán hábiles. Quedará interrumpido si se produce un ingreso hospitalario.
    Permiso por asuntos particulares de nueve días, no acumulables a vacaciones.
    Licencia por enfermedad. Deberá solicitarse en el cuarto día consecutivo en que se produjo la ausencia del puesto de trabajo.
    Permiso por causas justificadas. (matrimonio, exámenes, enfermedad familiares, etc.). Iguales permisos y extensión que los funcionariios de la Administración General. Se recogerán en una resolución de cada Administración competente.

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  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

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