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UT 23 TEMA REG.CIVIL TEST FJ NÚM.3

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 5 entradas - de la 1 a la 5 (de un total de 5)
  • Autor
    Entradas
  • #330523
    soniar
    Participante

    Preg.1:
    No están obligados a promover inscripcion nacimiento:
    a direccion hospitales, clinicas y establec.sanitarios
    b personal médico o sanitario que atienda parto fuera establecimiento sanitario.
    c el padre
    d pariente más proximo o vecina

    Test da ok la b. Creo es error, pues opcion b SÍ están obligados.
    Incompleta la c, pues si el padre renuncia a paternidad no está obligado y d para mi seria la correcta pues vecina no esta obligada sino estuvo presente en alumbramiento. No??

    La pregunta 22 tiene 2 respuestas identicas.

    Y la pregunta 24, da respuesta ok la b. Me gustaria saber por que no firman gestores certificaciones por delegacion del laj…pues si pides una certificacion literal al Registro firma un gestor procesal no?

    Y por ultimo preg11 habla de anotar o inscribir divorcio…si es inscrpcion marginal…es inscribir sentencia al margen o anotar?

    Gracias

    #330524
    Anónimo
    Invitado

    Hola Sonia buenas noches:
    Pasamos a revisar y, en su caso, editar

    Gracias

    #330525
    soniar
    Participante

    Alguna novedad sobre dicho tema?

    #330526
    Ana-Maria
    Participante

    Buenos días, soniar.

    En breve nuestros compañeros subirán al campus la versión corregida del test y como siempre será anunciado en el foro.

    En la pregunta 1, correcta la d), aunque no está redactada de la manera que señalas.
    Vamos a cambiar una de las opciones de la pregunta 22, ya que efectivamente hay dos iguales.

    En cuanto a la pregunta 24 hay un error en la plantilla que subsanaremos así como la redacción del enunciado . Al respecto el [b]art. 44.3 del RRC[/b] señala

    [color=green][i]En las poblaciones en que haya más de un Juzgado de Primera Instancia, el servicio del Registro Civil queda sujeto a las siguiente reglas:
    3.ª El Secretario, por delegación del Encargado, podrá desempeñar por si solo: la función de certificar; todas las funciones registrales a que se refiere el párrafo segundo del artículo 46, y las relativas a las fes de vida o estado. Las mismas atribuciones tendrá el Oficial habilitado de la Administración de Justicia en quien el Secretario, a su vez, delegue, previa autorización del Encargado.[/i][/color]

    Y finalmente en cuanto a tu duda con respecto a lo que se señala en la pregunta 11, el Matrimonio se inscribe, (inscripción principal que abre folio) una presentación de demanda se anota. Una sentencia de divorcio constará como anotación marginal al margen de inscripción del Matrimonio.

    [color=green][i][b]Art. 76 LRC 1957[/b]
    Las sentencias y resoluciones sobre validez, nulidad o separación del matrimonio y cuantos actos pongan término a éste se inscribirán al margen de la inscripción de matrimonio[/i][/color]

    Un saludo y buen fin de semana.

    #330527
    soniar
    Participante

    Muchas gracias!

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