Hola, paso a comentar la siguiente pregunta:
40. Para los plazos que se hubieran señalado en las actuaciones urgentes, conforme a lo dispuesto en la LEC:
a) se considerarán inhábiles los días del mes de agosto y los domingos y festivos
b) se considerarán hábiles los días del mes de agosto y los domingos y festivos
c) se considerarán hábiles los días del mes de agosto y sólo se excluyen los domingos y festivos
d) todas las respuestas son falsas
…se da como correcta la respuesta c). Que ahora mismo es correcta. Sin embargo al entrar en vigor la reforma, para que siga siendo correcta deberá incluirse antes de “domingos”, “sabados,” es decir “se considerarán hábiles los días del mes de agosto y sólo se excluirán del cómputo los sábados, domingos y festivos”. De lo contrario la correcta sería la respuesta d).
Siempre salvo mejor opinión.